D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (BOCM-20250614-17)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de mayo de 2025, entre la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD) y Plena Inclusión Madrid para mejorar la atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y sus familias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025

Pág. 157

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
AGENCIA MADRILEÑA PARA EL APOYO A LAS PERSONAS
ADULTAS CON DISCAPACIDAD
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CONVENIO de colaboración de 7 de mayo de 2025, entre la Agencia Madrileña
para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD) y Plena Inclusión Madrid para mejorar la atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y sus familias.
REUNIDOS

De una parte, Doña. Encarnación Rivero Flor, actuando como Directora de la Agencia
Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD) con CIF
Q7855026F, conforme a las facultades que le confiere el artículo 21, apartado 1.g) de la
Ley 1/2023 de 15 de febrero, de creación de la mencionada Agencia.
Y de otra, D. Tomás Ángel Sancho Marco, en calidad de presidente de Plena Inclusión
Madrid, Organización de Entidades a favor de personas con discapacidad intelectual de
Madrid (en adelante Plena Inclusión Madrid), actuando en nombre y representación de la
entidad según las escrituras de protocolización de acuerdos y de elevación a público de
acuerdos sociales, otorgadas ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Luis Maíz
Cal, el 29 de septiembre de 2022, con el número de protocolo 2568.

I. La Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (en
adelante AMAPAD), de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2023, de 15 de febrero,
de su creación, tiene como principios rectores, entre otros, los principios de autonomía y
participación (art 4.b.) “La Agencia respetará y fomentará la autonomía de la persona adulta que tenga establecidas medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, promoviendo y facilitando su participación activa en la toma de aquellas decisiones que le
afecten y en el desarrollo de su proceso vital, respetando su voluntad, deseos y preferencias,
conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad en los términos recogidos en la
Ley”, principio de accesibilidad a la información (art. 4.c.) : “la Agencia promoverá una comunicación fluida con las personas adultas con discapacidad a las que preste apoyos, y garantizará la adecuación y accesibilidad de la información facilitada en base a las necesidades específicas de cada persona, realizando para ello las adaptaciones y ajustes que resulten
necesarios para garantizar la comprensión de la información. La persona que tenga establecida una medida de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica tiene derecho a ser informada sobre las cuestiones que le afecten y a acceder a la documentación de carácter personal y patrimonial referida a su persona, dentro de los límites legales y, en su caso, de
aquellos derivados de las propias resoluciones judiciales, de forma que se garantice su participación en la toma de decisiones, teniendo en cuenta sus características personales y sus
necesidades”, artículo 3, letra c.
II. Para todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.c, de la mencionada ley, esta entidad puede promover convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que se dediquen a idénticos o similares fines, de forma significativa
con entidades del Tercer Sector de Acción Social.
III. Plena Inclusión Madrid es una entidad sin ánimo de lucro que nace en Madrid en
el año 1978 y cuya acción se traduce en trabajar en red a través de sus entidades miembro,
defender derechos y ser agente de cambio social. Representa al movimiento asociativo de
la discapacidad intelectual o del desarrollo en la Comunidad de Madrid.
Su misión, tal y como se establece en el artículo 6 de sus Estatutos, es contribuir desde su compromiso ético, con apoyos y oportunidades, a que cada persona con discapacidad
intelectual o del desarrollo y su familia puedan llevar a cabo su proyecto de calidad de vida,

BOCM-20250614-17

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