D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (BOCM-20250614-17)
Convenio – Convenio de colaboración de 7 de mayo de 2025, entre la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD) y Plena Inclusión Madrid para mejorar la atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y sus familias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
así como a promover su inclusión como ciudadana de pleno derecho en una sociedad justa
y solidaria.
IV. Que Plena Inclusión Madrid pertenece a la Confederación Plena Inclusión España y al Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)
Comunidad de Madrid. Además, está formada por 119 asociaciones y fundaciones que
prestan servicios de atención directa a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en la Comunidad de Madrid, muchas de las cuales están apoyadas por AMAPAD.
V. Que Plena Inclusión Madrid cuenta además con áreas específicas de información
y orientación a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, profesionales de
la atención y familias.
VI. Que Plena Inclusión Madrid cuenta con un área específica de accesibilidad cognitiva con personal especializado (Servicio Adapta) y colabora con entidades federadas que
realizan las pruebas de comprobación de la comprensión de los textos, denominados validaciones, con grupos de personas con discapacidad intelectual formadas para esta tarea, de
modo que cubre todo el proceso productivo según establecen las pautas de la norma
UNE 153101 EX de elaboración de textos de lectura fácil vigentes desde abril de 2018.
VII. Que la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la
legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de
su capacidad jurídica, ha supuesto un cambio radical del anterior sistema de protección, desapareciendo la incapacitación y la tutela del ordenamiento jurídico, estableciéndose un sistema de medidas de apoyo basado en un paradigma que se centra en promover la autonomía
de las personas con discapacidad con base en respeto de su voluntad, deseos y preferencias.
VIII. Que, en función de lo antedicho, es preciso establecer vínculos que permitan trabajar de manera conjunta a las organizaciones sociales y a las instituciones con el fin de proveer
los mejores apoyos y atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Por todo ello y siendo deseo y voluntad de ambas partes, a la vista de sus mutuos intereses, colaborar en el desarrollo de acciones que sirvan para mejorar la atención y defender
los derechos de las personas discapacidad intelectual o del desarrollo en el ejercicio de su
capacidad jurídica, suscriben el presente convenio, tomando para ello los siguientes,
ACUERDOS
Primero
Objeto
El objeto del presente acuerdo es establecer la colaboración entre la AMAPAD y Plena Inclusión Madrid en los términos que siguen, con el fin de desarrollar estrategias que sirvan para mejorar la atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo,
con especial atención a las personas apoyadas por la AMAPAD, por sus familias, o que por
sus circunstancias personales o sociales puedan requerir o solicitar alguna medida de provisión de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en el futuro.
Segundo
Para la consecución del presente convenio se establecen las siguientes acciones a desarrollar por parte de Plena Inclusión Madrid:
1. La organización de un encuentro entre la AMAPAD y las Fundaciones de Apoyo
a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo que forman parte de Plena Inclusión Madrid que sirva para el intercambio de experiencias y la puesta en común de situaciones cotidianas. Todo ello con el fin de seguir mejorando la atención a las personas.
2. La prestación de asesoramiento a cualquier persona con discapacidad intelectual
o del desarrollo, sus familias y profesionales sobre el nuevo proceso de provisión de medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica según la Ley 8/2021, de 2 de junio.
Asimismo, trasladará a la AMAPAD las sugerencias, consultas y reclamaciones recibidas
sobre el ejercicio de las medidas de apoyo ejercidas por ésta. Pondrá en marcha acciones
conjuntas para informar y sensibilizar a la población, así como compartir los recursos que
se utilicen para ello.
3. Colaborar con la AMAPAD en la medición de la calidad de la atención con el fin
de detectar nuevas necesidades y poder analizar el abordaje de las mismas.
BOCM-20250614-17
Obligaciones de Plena Inclusión Madrid
Pág. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 141
así como a promover su inclusión como ciudadana de pleno derecho en una sociedad justa
y solidaria.
IV. Que Plena Inclusión Madrid pertenece a la Confederación Plena Inclusión España y al Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)
Comunidad de Madrid. Además, está formada por 119 asociaciones y fundaciones que
prestan servicios de atención directa a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en la Comunidad de Madrid, muchas de las cuales están apoyadas por AMAPAD.
V. Que Plena Inclusión Madrid cuenta además con áreas específicas de información
y orientación a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, profesionales de
la atención y familias.
VI. Que Plena Inclusión Madrid cuenta con un área específica de accesibilidad cognitiva con personal especializado (Servicio Adapta) y colabora con entidades federadas que
realizan las pruebas de comprobación de la comprensión de los textos, denominados validaciones, con grupos de personas con discapacidad intelectual formadas para esta tarea, de
modo que cubre todo el proceso productivo según establecen las pautas de la norma
UNE 153101 EX de elaboración de textos de lectura fácil vigentes desde abril de 2018.
VII. Que la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la
legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de
su capacidad jurídica, ha supuesto un cambio radical del anterior sistema de protección, desapareciendo la incapacitación y la tutela del ordenamiento jurídico, estableciéndose un sistema de medidas de apoyo basado en un paradigma que se centra en promover la autonomía
de las personas con discapacidad con base en respeto de su voluntad, deseos y preferencias.
VIII. Que, en función de lo antedicho, es preciso establecer vínculos que permitan trabajar de manera conjunta a las organizaciones sociales y a las instituciones con el fin de proveer
los mejores apoyos y atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.
Por todo ello y siendo deseo y voluntad de ambas partes, a la vista de sus mutuos intereses, colaborar en el desarrollo de acciones que sirvan para mejorar la atención y defender
los derechos de las personas discapacidad intelectual o del desarrollo en el ejercicio de su
capacidad jurídica, suscriben el presente convenio, tomando para ello los siguientes,
ACUERDOS
Primero
Objeto
El objeto del presente acuerdo es establecer la colaboración entre la AMAPAD y Plena Inclusión Madrid en los términos que siguen, con el fin de desarrollar estrategias que sirvan para mejorar la atención a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo,
con especial atención a las personas apoyadas por la AMAPAD, por sus familias, o que por
sus circunstancias personales o sociales puedan requerir o solicitar alguna medida de provisión de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica en el futuro.
Segundo
Para la consecución del presente convenio se establecen las siguientes acciones a desarrollar por parte de Plena Inclusión Madrid:
1. La organización de un encuentro entre la AMAPAD y las Fundaciones de Apoyo
a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo que forman parte de Plena Inclusión Madrid que sirva para el intercambio de experiencias y la puesta en común de situaciones cotidianas. Todo ello con el fin de seguir mejorando la atención a las personas.
2. La prestación de asesoramiento a cualquier persona con discapacidad intelectual
o del desarrollo, sus familias y profesionales sobre el nuevo proceso de provisión de medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica según la Ley 8/2021, de 2 de junio.
Asimismo, trasladará a la AMAPAD las sugerencias, consultas y reclamaciones recibidas
sobre el ejercicio de las medidas de apoyo ejercidas por ésta. Pondrá en marcha acciones
conjuntas para informar y sensibilizar a la población, así como compartir los recursos que
se utilicen para ello.
3. Colaborar con la AMAPAD en la medición de la calidad de la atención con el fin
de detectar nuevas necesidades y poder analizar el abordaje de las mismas.
BOCM-20250614-17
Obligaciones de Plena Inclusión Madrid