C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250616-27)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 2087/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho programa agroambiental correspondiente al año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 140
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
27
EXTRACTO de la Orden 2087/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la apicultura para
la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General
del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para
el período 2023-2027 y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho
programa agroambiental correspondiente al año 2025.
BDNS (838015)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Los agricultores y/o ganaderos o grupos de agricultores y/o ganaderos titulares de explotaciones agrarias y otros beneficiarios que se comprometan por un período de cinco
años, a cumplir con los requisitos y compromisos exigidos.
Segundo
Objeto
Incentivar la presencia de abejas (Apis mellifera) y colmenas en zonas de vegetación
forestal, pastos y pastizales, durante los diferentes períodos de floración, que habitualmente no son utilizadas por los apicultores debido a su menor rendimiento y a sus superiores
costes de producción.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por la Orden 1124/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por
el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General
del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2024).
Cuantía y financiación de las ayudas
La ayuda a los beneficiarios consistirá en el pago de una prima anual por colmena comprometida que sea admisible, cuya conversión a superficie se establece en 2 ha por colmena.
El importe de dicha prima se fija en 26 euros por colmena que haya sido admitida en
el programa plurianual de ayudas, hasta un máximo de 500 colmenas.
Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, se asignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad
BOCM-20250616-27
Cuarto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 140
LUNES 16 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 142
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
27
EXTRACTO de la Orden 2087/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la apertura y convocatoria de participación en el programa agroambiental 2025-2029 de ayudas a la apicultura para
la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo
Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General
del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para
el período 2023-2027 y la solicitud del pago de la primera anualidad de dicho
programa agroambiental correspondiente al año 2025.
BDNS (838015)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Los agricultores y/o ganaderos o grupos de agricultores y/o ganaderos titulares de explotaciones agrarias y otros beneficiarios que se comprometan por un período de cinco
años, a cumplir con los requisitos y compromisos exigidos.
Segundo
Objeto
Incentivar la presencia de abejas (Apis mellifera) y colmenas en zonas de vegetación
forestal, pastos y pastizales, durante los diferentes períodos de floración, que habitualmente no son utilizadas por los apicultores debido a su menor rendimiento y a sus superiores
costes de producción.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por la Orden 1124/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por
el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General
del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2024).
Cuantía y financiación de las ayudas
La ayuda a los beneficiarios consistirá en el pago de una prima anual por colmena comprometida que sea admisible, cuya conversión a superficie se establece en 2 ha por colmena.
El importe de dicha prima se fija en 26 euros por colmena que haya sido admitida en
el programa plurianual de ayudas, hasta un máximo de 500 colmenas.
Para el cumplimiento de las actuaciones a que se hace referencia en esta convocatoria, se asignarán créditos presupuestarios de los Presupuestos Generales de la Comunidad
BOCM-20250616-27
Cuarto