Disposiciones generales. . (2025/83-1)
Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones de modalidad B previstas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano en Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 83 - Lunes, 5 de mayo de 2025

página 6133/8

(Página 2 de 6) ANEXO I

3. DATOS BANCARIOS
IBAN:
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ENTIDAD:
DOMICILIO:
LOCALIDAD:

PROVINCIA:

CÓD POSTAL:

NOTA: Deberá estar de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.
AUTORIZO a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública para verificar la titularidad de la cuenta bancaria que
se indica ante la entidad de crédito en la que se encuentra abierta, así como para realizar el alta de la misma en el
Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta de Andalucía.

4. DECLARACIONES
La persona abajo firmante, DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que:
Cumple con los requisitos exigidos en las bases reguladoras para obtener la condición de persona beneficiaria de
la subvención.

No ha recibido subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo coste subvencionable para el que solicita
la subvención, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas, o entes públicos o privados, nacionales o
internacionales.
Son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
Se compromete, en caso de resultar beneficiaria, al cumplimiento de las condiciones impuestas, y a mantener los
requisitos exigidos durante el periodo previsto, así como a comunicar cualquier variación de los mismos.
Mantendrá una contabilidad separada o codificación contable, que permita la identificación inequívoca de los
gastos realizados con cargo al proyecto subvencionado, así como la relación entre los documentos justificativos y las
acciones realizadas.
Se compromete, en caso de resultar beneficiaria, a someterse a las actuaciones de verificación y control a realizar
por la Dirección General competente en materia de fondos europeos, por las distintas autoridades del FEDER, por la
Comisión y por el Tribunal de Cuentas Europeo, y por la Intervención General de la Junta de Andalucía, y a facilitar la
información que le sea requerida para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación y la auditoría
de las actuaciones cofinanciadas por el FSE+ / FEDER / FTJ / etc. durante el periodo de programación que
corresponda.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00319734

009516

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

No se halla incursa en ninguna de la prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 116 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja