Autoridades y personal. . (2025/88-33)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesorado Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 88 - Lunes, 12 de mayo de 2025

página 6453/8

aplicación «Interposición de recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de
la Universidad de Sevilla (https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index).
9. Contratación.
9.1. Iniciación.
9.1.1. El plazo para la firma del contrato será de 10 días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación, entendiéndose
que, si en dicho plazo, el adjudicatario no se persona para la firma del contrato en el
Servicio de Gestión de Personal Docente (Sección de Personal Docente Contratado), se
entenderá que renuncia al mismo.
9.1.2. En el acto de la firma del contrato, los adjudicatarios aportarán la siguiente
documentación:
a) Copia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la
española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública además de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la profesión médica.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado
al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001 de 18 de
mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública.
d) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea,
deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en
el art. 68.6 del R.D. 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en
España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de acuerdo con
la disposición adicional primera del Estatuto de la Universidad de Sevilla, podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco.
de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de recursos
administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla
https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index
en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución,
conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien
demanda ante los Juzgados de lo Social de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 6.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

00320054

Sevilla, 30 de abril de 2025.- El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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