3. Otras disposiciones. . (2025/90-49)
Orden de 29 de abril de 2025, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Miércoles, 14 de mayo de 2025
página 6641/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Orden de 29 de abril de 2025, por la que se delegan competencias en los
órganos directivos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
De acuerdo con el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, se hizo necesario proceder a la correspondiente aprobación de la nueva
estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, determinando
las funciones de sus órganos directivos, la cual se llevó a cabo mediante el Decreto
170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Razones organizativas y de eficacia en la prestación de los servicios, así como de
seguridad jurídica, aconsejaron aprobar una orden de delegación de competencias,
sustituyendo a la anteriormente vigente. Así, se aprobó la Orden de 10 de octubre de
2024, por la que se delegan competencias en los órganos directivos de la Consejería de
Sostenibilidad y Medio Ambiente.
La experiencia recabada tras la gradual y progresiva implantación efectiva de las
medidas de simplificación del procedimiento de gestión del gasto, que ha traído consigo
el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación
y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con
la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en
Andalucía, hace necesario ajustar algunos aspectos de esta orden.
Asimismo, por razones de eficacia y seguridad jurídica, se incluye en el artículo 14,
una delegación de competencias, ya existente en virtud de la Orden de 21 de marzo
de 2018, por la que se delega en las personas titulares de las anteriores Delegaciones
Territoriales de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la competencia para suscribir
los convenios de colaboración que se realicen, conforme al artículo 47 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con las empresas del sector
turístico en el ámbito de la adhesión de estas a la Carta Europea de Turismo Sostenible.
Por lo tanto, en uso de las facultades que me han sido conferidas por la disposición final
primera del Decreto 170/2024, de 26 de agosto, y de conformidad con lo previsto en el artículo
9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo
101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO

1. Se modifica el artículo 11, que queda redactado como sigue:
«Se delega en la persona titular de la Viceconsejería la competencia para el ejercicio
de todas las facultades que la legislación sobre convenios atribuye a la persona titular de
la Consejería y que no hayan sido delegadas en otros órganos de la Consejería, salvo la
firma de los convenios, sus modificaciones y prórrogas.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320242

Artículo único. Modificación de la Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se
delegan competencias en los órganos directivos de la Consejería de Sostenibilidad y
Medio Ambiente.
La Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se delegan competencias en los órganos
directivos de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, queda modificada en los
siguientes términos: