3. Otras disposiciones. . (2025/91-43)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la zona de Málaga y Costa del Sol.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6698/4
4. Efectos ambientales.
Como se ha mencionado en el apartado 2 relativo al objeto de este procedimiento,
para dilucidar si el PMCA puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se
ha de proceder a la aplicación de los criterios que establece el anexo V de la ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
4.1. Aplicación de criterios relacionados con las características del plan.
En el análisis se consideran los siguientes criterios establecidos en el citado anexo V:
«a) La medida en que el plan o programa establece un marco para proyectos y otras
actividades, bien en relación con la ubicación, naturaleza, dimensiones y condiciones de
funcionamiento o bien en relación con la asignación de recursos.»
Como se indica en el apartado anterior, el PMCA plantea un conjunto de medidas
propias que precisan de proyectos y actividades para su consecución, por tanto establece
un marco para su ejecución. Este marco está relacionado con la naturaleza de tales
proyectos y actividades.
«b) La medida en que el plan o programa influye en otros planes o programas,
incluidos los que estén jerarquizados.»
El PMCA potenciará otras planificaciones existentes que afectan a la mejora de la
calidad del aire. El PMCA es coherente con la planificación estratégica existente en
materia de mejora de calidad del aire en los distintos ámbitos (Unión Europea, estatal,
autonómico y local).
«c) La pertinencia del plan o programa para la integración de consideraciones
ambientales, con el objeto, en particular, de promover el desarrollo sostenible.»
El PMCA propone medidas que están en consonancia con el modelo de desarrollo
sostenible que define la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.
«d) Problemas ambientales significativos relacionados con el plan o programa.»
En el ámbito del PMCA, la calidad del aire ha mejorado en cuanto a material particulado,
habiendo pasado a cumplir los valores límite establecidos en la normativa de aplicación para
PM10 desde el año 2017. No obstante, no fue hasta 2019 para PM2,5 y 2021 para PM10
y NO2 que se logró alcanzar los objetivos de la Estrategia Andaluza de Calidad del Aire
(EACA), aunque con un margen no muy amplio, por lo que se hace aconsejable continuar
adoptando actuaciones de limitación de emisiones para reducir el riesgo de volver en el
futuro a superarlo. Respecto a este periodo 2015-2021 se constata lo siguiente:
• El valor límite diario de PM10 en 2017 se ha superado más de las 35 ocasiones
permitidas en Marbella Arco.
• El valor objetivo de O3 para protección de la vegetación se ha superado en todos
los años del periodo 2015-2021, mientras que el valor objetivo para protección de la salud
ha alternado cumplimientos (2017-2018) con incumplimientos (2019-2021).
• Superación del objetivo de la EACA para la media anual de PM10 en Marbella Arco
todo el periodo 2017-2020 y en Juan XXIII en 2019, habiendo también superaciones de
PM2,5 en Marbella Arco en 2018.
• De 2015 a 2020 se ha superado el objetivo de la EACA para la media anual de
NO2 en Juan XXIII y también en Carranque en 2017.
«e) La pertinencia del plan o programa para la implantación de la legislación
comunitaria o nacional en materia de medio ambiente como, entre otros, los planes
o programas relacionados con la gestión de residuos o la protección de los recursos
hídricos.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320299
•
Apoyar la realización de campañas de divulgación y sensibilización en otros
sectores específicos (construcción, transporte de mercancías…) (SN/8).
• Elaborar una guía de recomendaciones sanitarias asociadas a la calidad del aire
(SN/9).
Medidas de gestión.
• Monitorización de la calidad del aire en entorno portuario (GE/5).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 91 - Jueves, 15 de mayo de 2025
página 6698/4
4. Efectos ambientales.
Como se ha mencionado en el apartado 2 relativo al objeto de este procedimiento,
para dilucidar si el PMCA puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente, se
ha de proceder a la aplicación de los criterios que establece el anexo V de la ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
4.1. Aplicación de criterios relacionados con las características del plan.
En el análisis se consideran los siguientes criterios establecidos en el citado anexo V:
«a) La medida en que el plan o programa establece un marco para proyectos y otras
actividades, bien en relación con la ubicación, naturaleza, dimensiones y condiciones de
funcionamiento o bien en relación con la asignación de recursos.»
Como se indica en el apartado anterior, el PMCA plantea un conjunto de medidas
propias que precisan de proyectos y actividades para su consecución, por tanto establece
un marco para su ejecución. Este marco está relacionado con la naturaleza de tales
proyectos y actividades.
«b) La medida en que el plan o programa influye en otros planes o programas,
incluidos los que estén jerarquizados.»
El PMCA potenciará otras planificaciones existentes que afectan a la mejora de la
calidad del aire. El PMCA es coherente con la planificación estratégica existente en
materia de mejora de calidad del aire en los distintos ámbitos (Unión Europea, estatal,
autonómico y local).
«c) La pertinencia del plan o programa para la integración de consideraciones
ambientales, con el objeto, en particular, de promover el desarrollo sostenible.»
El PMCA propone medidas que están en consonancia con el modelo de desarrollo
sostenible que define la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.
«d) Problemas ambientales significativos relacionados con el plan o programa.»
En el ámbito del PMCA, la calidad del aire ha mejorado en cuanto a material particulado,
habiendo pasado a cumplir los valores límite establecidos en la normativa de aplicación para
PM10 desde el año 2017. No obstante, no fue hasta 2019 para PM2,5 y 2021 para PM10
y NO2 que se logró alcanzar los objetivos de la Estrategia Andaluza de Calidad del Aire
(EACA), aunque con un margen no muy amplio, por lo que se hace aconsejable continuar
adoptando actuaciones de limitación de emisiones para reducir el riesgo de volver en el
futuro a superarlo. Respecto a este periodo 2015-2021 se constata lo siguiente:
• El valor límite diario de PM10 en 2017 se ha superado más de las 35 ocasiones
permitidas en Marbella Arco.
• El valor objetivo de O3 para protección de la vegetación se ha superado en todos
los años del periodo 2015-2021, mientras que el valor objetivo para protección de la salud
ha alternado cumplimientos (2017-2018) con incumplimientos (2019-2021).
• Superación del objetivo de la EACA para la media anual de PM10 en Marbella Arco
todo el periodo 2017-2020 y en Juan XXIII en 2019, habiendo también superaciones de
PM2,5 en Marbella Arco en 2018.
• De 2015 a 2020 se ha superado el objetivo de la EACA para la media anual de
NO2 en Juan XXIII y también en Carranque en 2017.
«e) La pertinencia del plan o programa para la implantación de la legislación
comunitaria o nacional en materia de medio ambiente como, entre otros, los planes
o programas relacionados con la gestión de residuos o la protección de los recursos
hídricos.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320299
•
Apoyar la realización de campañas de divulgación y sensibilización en otros
sectores específicos (construcción, transporte de mercancías…) (SN/8).
• Elaborar una guía de recomendaciones sanitarias asociadas a la calidad del aire
(SN/9).
Medidas de gestión.
• Monitorización de la calidad del aire en entorno portuario (GE/5).