Autoridades y personal. . (2025/92-26)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Universidad de Córdoba, conjunta de la Universidad de Córdoba y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso público para cubrir plazas de Profesor Permanente Laboral con vinculación clínica al Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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Número 92 - Viernes, 16 de mayo de 2025
página 6797/5
1. Fotocopia del documento nacional de identidad, para los aspirantes que posean
nacionalidad española.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o
estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta
circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen
en las presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar,
además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse
separado de derecho de su respectivo cónyuge.
2. Fotocopia del título universitario (anverso y reverso) o, en su defecto, justificante de
haber abonado los derechos para la expedición del mismo.
3. Fotocopia del título de Doctor (anverso y reverso). Cuando el título haya sido
obtenido en el extranjero, debe ir acompañada del certificado de equivalencia por la
Universidad española que la otorgue.
4. Fotocopia del título de Especialista (anverso y reverso).
5. Fotocopia del certificado de acreditación para la figura de profesor contratado
doctor/profesor permanente laboral expedido por Agencia para la Calidad Científica y
Universitaria de Andalucía, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
u otras agencias de evaluación, de conformidad con lo previsto en los artículos 82.a) y
85.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
6. Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia
bancaria de haber realizado dicho abono, en el que conste nombre y apellidos, DNI y
código de la plaza a la que concursa.
7. Relación de los méritos alegados por el candidato. La documentación acreditativa
de dichos méritos será aportada por los candidatos en el acto de presentación ante la
correspondiente Comisión de Selección.
8. En el caso de estar exento del pago de los derechos de participación, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 5.2.
Los aspirantes se responsabilizarán expresamente, mediante la firma de la solicitud,
de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en
algún documento, decaerá el derecho a la participación en el concurso, con independencia
de la responsabilidad a que hubiere lugar. En cualquier caso, la Comisión de Contratación
podrá requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación
aportada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.
5.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución
aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas
de exclusión, que será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba
(BOUCO).
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada resolución en el Boletín oficial de la Universidad de Córdoba
(BOUCO). Los escritos de subsanación/reclamación se presentarán mediante Solicitud
Genérica a través del Registro electrónico de la Universidad de Córdoba, a la que se puede
acceder en el siguiente enlace https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=24.
Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o
resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes que se publicarán en el Boletín Oficial de la
Universidad de Córdoba (BOUCO).
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la dicha resolución en el BOUCO, ante este Rectorado (artículos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320397
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 6797/5
1. Fotocopia del documento nacional de identidad, para los aspirantes que posean
nacionalidad española.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso,
los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o
estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta
circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen
en las presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar,
además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse
separado de derecho de su respectivo cónyuge.
2. Fotocopia del título universitario (anverso y reverso) o, en su defecto, justificante de
haber abonado los derechos para la expedición del mismo.
3. Fotocopia del título de Doctor (anverso y reverso). Cuando el título haya sido
obtenido en el extranjero, debe ir acompañada del certificado de equivalencia por la
Universidad española que la otorgue.
4. Fotocopia del título de Especialista (anverso y reverso).
5. Fotocopia del certificado de acreditación para la figura de profesor contratado
doctor/profesor permanente laboral expedido por Agencia para la Calidad Científica y
Universitaria de Andalucía, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
u otras agencias de evaluación, de conformidad con lo previsto en los artículos 82.a) y
85.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
6. Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia
bancaria de haber realizado dicho abono, en el que conste nombre y apellidos, DNI y
código de la plaza a la que concursa.
7. Relación de los méritos alegados por el candidato. La documentación acreditativa
de dichos méritos será aportada por los candidatos en el acto de presentación ante la
correspondiente Comisión de Selección.
8. En el caso de estar exento del pago de los derechos de participación, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 5.2.
Los aspirantes se responsabilizarán expresamente, mediante la firma de la solicitud,
de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en
algún documento, decaerá el derecho a la participación en el concurso, con independencia
de la responsabilidad a que hubiere lugar. En cualquier caso, la Comisión de Contratación
podrá requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación
aportada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.
5.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución
aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas
de exclusión, que será publicada en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba
(BOUCO).
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada resolución en el Boletín oficial de la Universidad de Córdoba
(BOUCO). Los escritos de subsanación/reclamación se presentarán mediante Solicitud
Genérica a través del Registro electrónico de la Universidad de Córdoba, a la que se puede
acceder en el siguiente enlace https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=24.
Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o
resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes que se publicarán en el Boletín Oficial de la
Universidad de Córdoba (BOUCO).
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la dicha resolución en el BOUCO, ante este Rectorado (artículos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320397
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía