4. Administración de justicia. . (2025/93-45)
Edicto de 27 de febrero de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en el procedimiento Recurso de Casación Autonómico 32/2020, de publicación del Antecedente de Hecho Primero y Segundo, Fundamento de Derecho Noveno y Fallo de la Sentencia de fecha 6 de febrero de 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Lunes, 19 de mayo de 2025

página 6850/1

4. Administración de justicia
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Edicto de 27 de febrero de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, de Granada, en
el procedimiento Recurso de Casación Autonómico 32/2020, de publicación del
Antecedente de Hecho Primero y Segundo, Fundamento de Derecho Noveno y
Fallo de la Sentencia de fecha 6 de febrero de 2025.
IG: 1808733320201000602. Órgano origen: Juzgado de lo ContenciosoN
Administrativo núm. 1 de Huelva. Asunto origen: PAB 336/2018.
Procedimiento: Recurso de Casación Autonómico 32/2020. Negociado: K.
Actuación recurrida:
De: Servicio Andaluz de Salud.
Procurador/a:
Letrado/a: S.J. Servicio Andaluz de Salud - Huelva.
Contra: Juana Romero Cruz.
Procurador/a:
Letrado/a: Marisol González Mora y Raquel Payán López.
EDICTO
Se hace saber que en el Recurso de Casación Autonómico 35/2020, interpuesto por
la representación procesal del Servicio Andaluz de Salud, contra la sentencia de fecha
15 de enero de 2019, dictada en el Procedimiento Abreviado núm. 336/2018, por el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Huelva, se ha dictado por esta Sala
Especial de Revisión y Casación Autonómica de lo Contencioso-Administrativo con sede
en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sentencia
núm. 2/2025 de fecha 6 de febrero de 2025, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo
Antecedente de Hecho Primero y Segundo, Fundamento de Derecho Noveno y Fallo, es
del tenor literal siguiente:

Segundo. Frente a la citada sentencia, la representación del SAS formuló escrito
de preparación de recurso de casación, dictándose auto en fecha 20.12.19 por el que
se tuvo por preparado el recurso de casación autonómica, y se acordó remitir los autos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00320450

«Primero. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huelva dictó
la sentencia el 15 de enero de 2019 (recurso número 336/2018), por la que se estimó
parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Juana Romero
Cruz, funcionaria interina del cuerpo facultativo de instituciones sanitarias, especialidad,
farmacéutica, del área sanitaria de Huelva, frente a la resolución del SAS por la que
se desestima la pretensión de la recurrente, de declaración de nulidad de la reducción
de jornada y correlativa, reducción retributiva, en la aplicación del artículo 15 del Real
Decreto-ley 1/2012, de 19 de junio, anulándola, y, en consecuencia, condenando al SAS al
abono de las cantidades dejadas de percibir únicamente durante el periodo comprendido
entre el 22 de mayo de 2014, y el 31 de diciembre de 2015, con los intereses legales desde
la fecha de la reclamación en vía administrativa a liquidar en ejecución de sentencia.