3. Otras disposiciones. . (2025/94-18)
Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de la Zona Industrial de Huelva.
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Número 94 - Martes, 20 de mayo de 2025

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- Sobre los recursos hídricos y calidad del agua, por parte de aquellas medidas que
lleven asociadas la generación de residuos que podría derivar en contaminación de las
aguas por arrastre (aguas superficiales) o filtración de sustancias (aguas subterráneas).
Así mismo, las actividades constructivas podrán afectar al recurso por consumo y a la
calidad del agua por arrastre de partículas desde la zona de obras.
- Sobre la calidad del aire, por pérdida local y temporal debida a emisiones de ruidos,
partículas, olores y gases de combustión derivadas de los proyectos constructivos
(sustitución de instalaciones y equipos industriales, cerramiento de balsas API, obras de
infraestructuras, mejora de caminos, creación de accesos y reordenación viaria a la ZAL).
- Sobre los usos del suelo, por cambio de uso de suelo rústico a infraestructural
debido a las medidas de creación de nuevas infraestructuras (creación de accesos y
reordenación viaria a la ZAL).
- Sobre la biodiversidad, por deterioro o eliminación de la vegetación y hábitats
durante las actividades de construcción en zonas no alteradas previamente, así como
por deposición de partículas y emisiones contaminantes de los vehículos y maquinaria
de obra. Sobre la fauna, por pérdida de hábitats, afección directa a ejemplares y
perturbaciones y molestias durante dichas actividades de construcción.
- Sobre el paisaje, por transformación y afección negativa de su calidad debida a la
construcción y presencia de nuevas infraestructuras viarias.
En el análisis se consideran los siguientes criterios establecidos en el Anexo V de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental:
«a) La probabilidad, duración, frecuencia y reversibilidad de los efectos.»
Con relación a los mencionados efectos negativos procedentes de la aplicación de
las citadas medidas, se realizan las siguientes valoraciones sobre las características
incluidas en este apartado a):
• Probabilidad: Salvo los riesgos de posible contaminación accidental del suelo y el
agua asociado a las medidas que implican el desarrollo de proyectos constructivos y la
gestión de residuos, los restantes efectos se producirán con total probabilidad.
• Duración: Algunos temporales a lo largo del periodo de ejecución de estas medidas.
Otros permanentes sobre la geología, geomorfología, edafología, usos del suelo y paisaje
a causa del terreno ocupado por infraestructuras y su presencia.
• Frecuencia: La propia de la ejecución de estas medidas.
• Reversibilidad:
- Sobre la geología, geomorfología, edafología los efectos se consideran irreversibles.
- Sobre los recursos hídricos, dependiendo de su disponibilidad, el consumo se
considera como reversible en caso de situación hidrológica de normalidad o por uso de
aguas regeneradas, si bien se considera como irreversible en situaciones hidrológicas de
escasez y sequía. La alteraciones de la calidad del agua se consideran reversibles.
- Sobre la calidad del aire los efectos se consideran reversibles.
- Sobre los usos del suelo se consideran efectos irreversibles.
- Sobre la biodiversidad los efectos se consideran reversibles en caso de aplicación
de las medidas preventivas y correctoras.
- Sobre el paisaje se consideran irreversibles.
«b) El carácter acumulativo de los efectos.»
Los efectos negativos descritos se añaden a presiones similares que se producen en
el ámbito sobre los factores ambientales afectados, por lo que se consideran acumulativos
cuando sean irreversibles.
«c) El carácter transfronterizo de los efectos.»
Estos efectos no tienen carácter transfronterizo.
«d) Los riesgos para la salud humana o el medio ambiente (debidos, por ejemplo, a
accidentes).»
Se prevé la existencia de nuevos riesgos sobre la salud humana y el medioambiente
a consecuencia del desarrollo de la medida IN/11.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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