Autoridades y personal. . (2025/94-9)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la contratación de Profesorado Permanente Laboral.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Martes, 20 de mayo de 2025
página 6919/4
6. Comisiones de Selección.
6.1. La composición de las Comisiones de Selección figura en el Anexo II de esta
convocatoria, habiéndose realizado de conformidad con el Reglamento Regulador de
los concursos de acceso del Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (aprobado en la 45.ª sesión del Consejo de
Gobierno de 29 de noviembre de 2024, BUPO 12/2024, de 29 de noviembre de 2024).
Serán de aplicación las reglas sobre los conflictos de interés dispuestas en el artículo 16
del citado reglamento, así como la Instrucción del Vicerrectorado de Profesorado sobre
los conflictos de interés en los concursos de Profesorado Ayudante Doctor y Permanente
Laboral, de 21 de enero de 2025 (https://www.upo.es/cms1/export/sites/upo/rr-hh-pdiprogramacion-docente/normativa/documentos/normativa-pdi/pdi-normativa-especificaupo/Instruccion-conflictos_de_interes-AYUDOC-PPL.pdf).
6.2. La constitución y composición de las Comisiones de Selección, la ausencia de
alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos, las asistencias e indemnizaciones,
se regirá por lo establecido en el Reglamento Regulador de los concursos de acceso del
Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla (aprobado en la 45.ª sesión del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de
2024, BUPO 12/2024, de 29 de noviembre de 2024).
6.3. A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de las personas
evaluadoras de las Comisiones de Selección que resolverán los concursos de acceso, la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará en su página web el contenido de los
currículos de los miembros, a través de uno o varios perfiles profesionales públicos.
Transcurrido el plazo previsto en este apartado sin que se haya constituido la
Comisión de Selección, la Presidencia Titular quedará sustituida a todos los efectos por
la Presidencia Suplente. Si tampoco fuera posible, será sustituida por la otra Presidencia
Suplente.
6.4. La constitución de la Comisión de Selección se realizará de manera virtual,
síncrona o asíncrona, de acuerdo con las posibilidades previstas en el artículo 17.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las
comunicaciones se realizarán mediante el correo electrónico corporativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320519
la relación provisional de personas admitidas y excluidas del concurso, con indicación
del motivo de la exclusión. El cómputo de los plazos se realizará excluyendo aquellos
períodos que la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, declare inhábiles a efectos de
cómputo de plazos.
Dicha publicación tendrá carácter de notificación a las personas interesadas,
de acuerdo con lo previsto en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que
no se realizará notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas
publicaciones en el Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y de
las resoluciones a las que dé lugar esta convocatoria.
5.2. Contra la relación provisional, las personas aspirantes excluidas dispondrán
de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la citada
resolución rectoral, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión,
mediante la presentación de instancia por registro electrónico. Las personas aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
5.3. Finalizado el plazo de reclamaciones, y resueltas las mismas, se dictará
resolución rectoral aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas,
que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la resolución rectoral que
finalmente recaiga, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes ante el Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, o bien se podrá
acudir en el plazo de dos meses ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Martes, 20 de mayo de 2025
página 6919/4
6. Comisiones de Selección.
6.1. La composición de las Comisiones de Selección figura en el Anexo II de esta
convocatoria, habiéndose realizado de conformidad con el Reglamento Regulador de
los concursos de acceso del Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (aprobado en la 45.ª sesión del Consejo de
Gobierno de 29 de noviembre de 2024, BUPO 12/2024, de 29 de noviembre de 2024).
Serán de aplicación las reglas sobre los conflictos de interés dispuestas en el artículo 16
del citado reglamento, así como la Instrucción del Vicerrectorado de Profesorado sobre
los conflictos de interés en los concursos de Profesorado Ayudante Doctor y Permanente
Laboral, de 21 de enero de 2025 (https://www.upo.es/cms1/export/sites/upo/rr-hh-pdiprogramacion-docente/normativa/documentos/normativa-pdi/pdi-normativa-especificaupo/Instruccion-conflictos_de_interes-AYUDOC-PPL.pdf).
6.2. La constitución y composición de las Comisiones de Selección, la ausencia de
alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos, las asistencias e indemnizaciones,
se regirá por lo establecido en el Reglamento Regulador de los concursos de acceso del
Profesorado Ayudante Doctor y Permanente Laboral de la Universidad Pablo de Olavide,
de Sevilla (aprobado en la 45.ª sesión del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de
2024, BUPO 12/2024, de 29 de noviembre de 2024).
6.3. A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de las personas
evaluadoras de las Comisiones de Selección que resolverán los concursos de acceso, la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará en su página web el contenido de los
currículos de los miembros, a través de uno o varios perfiles profesionales públicos.
Transcurrido el plazo previsto en este apartado sin que se haya constituido la
Comisión de Selección, la Presidencia Titular quedará sustituida a todos los efectos por
la Presidencia Suplente. Si tampoco fuera posible, será sustituida por la otra Presidencia
Suplente.
6.4. La constitución de la Comisión de Selección se realizará de manera virtual,
síncrona o asíncrona, de acuerdo con las posibilidades previstas en el artículo 17.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las
comunicaciones se realizarán mediante el correo electrónico corporativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320519
la relación provisional de personas admitidas y excluidas del concurso, con indicación
del motivo de la exclusión. El cómputo de los plazos se realizará excluyendo aquellos
períodos que la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, declare inhábiles a efectos de
cómputo de plazos.
Dicha publicación tendrá carácter de notificación a las personas interesadas,
de acuerdo con lo previsto en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que
no se realizará notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas
publicaciones en el Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y de
las resoluciones a las que dé lugar esta convocatoria.
5.2. Contra la relación provisional, las personas aspirantes excluidas dispondrán
de un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la citada
resolución rectoral, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión,
mediante la presentación de instancia por registro electrónico. Las personas aspirantes
que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
5.3. Finalizado el plazo de reclamaciones, y resueltas las mismas, se dictará
resolución rectoral aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas,
que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra la resolución rectoral que
finalmente recaiga, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes ante el Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, o bien se podrá
acudir en el plazo de dos meses ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.