Disposiciones generales. . (2025/95-5)
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo de 2025
página 7034/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de
Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la
provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la
industria auxiliar de la agricultura almeriense».
BDNS: 830397; 830398.
Primero. Convocatoria
1. Se convocan los incentivos para el proyecto tractor de transición justa «Innovación y
sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense», a conceder en régimen
de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, de acuerdo con el
ámbito material, funcional y territorial detallado en los resuelve segundo y tercero.
2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la misma, así como en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería
de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de incentivos y demás normas de aplicación.
Para el caso de personas o entidades beneficiarias que tengan la consideración de
empresa, además, será de aplicación:
a) Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de
la Unión Europea» L 187, de 26 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE)
núm. 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
b) Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis.
En todo caso el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de
2023, será el régimen de aplicación para las siguientes tipologías de proyectos de los
enumerados en el Anexo III:
i. B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas o aceleración de empresas
para la innovación, incluso a través de viveros de empresas y servicios de consultoría,
que conduzcan a la creación de empleo.
ii. B.3. Servicios avanzados de apoyo a las pymes, reforzando sus capacidades de
gestión, comercialización y diseño, incluso la homologación de procesos o productos
sostenibles.
Asimismo, será el régimen de aplicación el reglamento referido en la letra b) anterior,
para los gastos relativos a la realización del informe de la persona auditora aportado con
la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido),
el gasto del informe de calificación de actividades o dictamen emitido por una entidad
de certificación acreditada por ENAC, así como el gasto del informe de certificación de
proyectos de investigación y desarrollo, o en su caso de innovación, emitido por una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320633
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio), y en el presente BOJA.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo de 2025
página 7034/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de
Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la
provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la
industria auxiliar de la agricultura almeriense».
BDNS: 830397; 830398.
Primero. Convocatoria
1. Se convocan los incentivos para el proyecto tractor de transición justa «Innovación y
sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense», a conceder en régimen
de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, de acuerdo con el
ámbito material, funcional y territorial detallado en los resuelve segundo y tercero.
2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la misma, así como en la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería
de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de incentivos y demás normas de aplicación.
Para el caso de personas o entidades beneficiarias que tengan la consideración de
empresa, además, será de aplicación:
a) Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de
la Unión Europea» L 187, de 26 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE)
núm. 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
b) Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de minimis.
En todo caso el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de
2023, será el régimen de aplicación para las siguientes tipologías de proyectos de los
enumerados en el Anexo III:
i. B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas o aceleración de empresas
para la innovación, incluso a través de viveros de empresas y servicios de consultoría,
que conduzcan a la creación de empleo.
ii. B.3. Servicios avanzados de apoyo a las pymes, reforzando sus capacidades de
gestión, comercialización y diseño, incluso la homologación de procesos o productos
sostenibles.
Asimismo, será el régimen de aplicación el reglamento referido en la letra b) anterior,
para los gastos relativos a la realización del informe de la persona auditora aportado con
la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido),
el gasto del informe de calificación de actividades o dictamen emitido por una entidad
de certificación acreditada por ENAC, así como el gasto del informe de certificación de
proyectos de investigación y desarrollo, o en su caso de innovación, emitido por una
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320633
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio), y en el presente BOJA.