Autoridades y personal. . (2025/95-40)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Ayudante Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo de 2025
página 6977/8

Los resultados de cada persona candidata, con una explicación motivada y desglosada
por cada uno de los ítems evaluados, se harán públicos en la página web del área de
Personal.
7. Resolución del concurso publico.
7.1. En el plazo máximo de 5 días desde la reunión de valoración, la comisión de
selección remitirá al área de Personal para su publicación el Acuerdo provisional de
resolución de la/s plaza/s, que incluirá: La relación de personas aspirantes presentadas,
puntuación numérica normalizada y sin normalizar obtenida en cada uno de los bloques
y apartados del baremo por cada aspirante, persona propuesta para la cobertura de
cada plaza, y el listado de personas aspirantes por orden de mayor o menor puntuación
numérica. Asimismo, se indicará el procedimiento y plazo para impugnar dicho acuerdo
de la comisión.
En el caso de plazas convocadas por el cupo de discapacidad, y no haya aspirante
propuesto para su nombramiento proveniente de personas de este cupo, se procederá a
su cobertura por el primer aspirante propuesto del cupo general.
7.2. En los siete días siguientes a la publicación del acuerdo provisional, la comisión
de selección remitirá el expediente completo de la convocatoria al área de Personal para
su custodia y archivo.
En el supuesto de que ninguna de las personas candidatas alcance la puntuación
mínima requerida para la obtención de la plaza, la comisión declarará desierta la misma.
7.3. Contra el acuerdo provisional anterior, las personas concursantes podrán
presentar alegaciones en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su
publicación. Admitidas a trámite, la comisión de selección deberá resolver las mismas
en un plazo no superior a quince días y su resolución dará carácter definitivo a dicho
Acuerdo.
7.4. Si no se presentaran alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo provisional
devendrá en definitivo.
7.5. Contra el acuerdo definitivo se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector
en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. La admisión a trámite del
recurso no suspenderá la contratación de la persona propuesta, salvo resolución Rectoral
en contrario.

9. Presentacion de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la
firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en
posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así
como el certificado de discapacidad en caso de optar por dicho cupo.
9.2. Salvo casos de fuerza mayor, si no presentara los documentos requeridos o si los
mismos no concuerdan con las copias presentadas, en el plazo de diez días, quedará sin
efecto la resolución del concurso a su favor y se procederá a la contratación de la siguiente
persona propuesta según el orden de prelación, sin perjuicio de las responsabilidades de
todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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8. Retribuciones, duración del contrato y funciones a desempeñar.
8.1. Las retribuciones anuales serán las establecidas en la normativa vigente.
8.2. El contrato será de carácter temporal, con una duración no superior a seis años,
y a tiempo completo. Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad,
podrá alcanzar una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el
grado de las limitaciones en la actividad.
8.3. Las funciones a realizar por el profesorado contratado serán aquellas descritas
en la normativa de aplicación vigente.