Disposiciones generales. . (2025/95-4)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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Número 95 - Miércoles, 21 de mayo de 2025
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a) Los gastos objeto de los incentivos acogidas a esta convocatoria no sean
financiados con otros Fondos de Cohesión, en particular, el FEDER y el FSE+, así como
con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y su Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR).
b) Se justifique, en el momento de la justificación de los incentivos, el cumplimiento de
la normativa de accesibilidad para personas con discapacidad, cuando sea de aplicación.
c) En materia ambiental, en el momento de la justificación de los incentivos, se
acredite, cuando sea de aplicación, el cumplimiento de las siguientes condiciones:
i. 
La construcción de nuevas instalaciones contemplará en su diseño medidas
adicionales para la conservación y fomento de la biodiversidad autóctona, los
ecosistemas, hábitats y especies, así como para evitar el efecto barrera y la pérdida
de la conectividad ecológica.
ii.Las nuevas instalaciones (tanto plantas como líneas de evacuación) se ubicarán
preferentemente fuera de la Red Natura 2000 y de los espacios protegidos
designados en el ámbito nacional y autonómico. También se tendrán en
consideración los espacios protegidos por instrumentos internacionales, las áreas
de importancia y críticas sujetas a los planes de conservación y recuperación de
especies protegidas y las áreas clave de presencia de especies declaradas en
situación crítica. Así mismo, se evitarán las áreas territoriales protegidas por su
valor cultural (Paisajes culturales, territorios históricos, conjuntos históricos, etc.) así
como los Territorios Agrarios Históricos (TAH) y los Suelos de Alto Valor Agrológico
(SAVA).
v. 
En general, se evitará la afección a valores ambientales frágiles o de interés
para la conservación, tales como puntos de interés geológico, hábitat de interés
comunitario (especialmente los prioritarios), presencia de especies catalogadas o
ecosistemas singulares, áreas de importancia para la conservación de las aves,
zonas de valor paisajístico reconocidas en los planes de ordenación territorial, así
como zonas de importancia por la presencia de elementos de patrimoniales.
vi. 
En cuanto al aprovechamiento de la biomasa, se considerará siempre el uso
de biomasa disponible para un abastecimiento sostenible y tener debidamente
en cuenta los principios de economía circular y de la jerarquía de residuos. Se
deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones: el balance energético
del sistema producción-uso debe ser positivo y neutro en carbono, la producción
debe estar basada en la agricultura y plantaciones sostenibles, se priorizarán los
sistemas de pequeña escala y cercanos a los lugares de producción del recurso,
se aprovecharán prioritariamente aquellos recursos que sean excedentarios, y
procedentes del entorno próximo. El aprovechamiento de biomasa deberá jugar
un papel ambientalmente significativo (gestión forestal, gestión de residuos, etc.)
y ser así considerada en el modelo territorial de áreas de producción y consumo,
minimizando la distancia total recorrida del producto desde las zonas de obtención
hasta las instalaciones finales de consumo (principio de proximidad). Asimismo,
el uso de la biomasa debe realizarse en aquellas instalaciones que aprovechen
al máximo el potencial energético de esta materia prima, como por ejemplo en
generación de calor y en cogeneraciones de alta eficiencia, siendo desaconsejado
su uso en generación eléctrica en centrales convencionales de medio o bajo
rendimiento.
Sobre la adaptación y mitigación frente al cambio climático:
– El uso de la biomasa debe minimizar el impacto en las emisiones atmosféricas de
contaminantes y de GEI mediante su uso eficiente y la renovación de los equipos. Se
reforzarán los controles ambientales de las instalaciones en las que se emplee biomasa.
– La biomasa debe proceder de una gestión sostenible del bosque y del
aprovechamiento de otros residuos, y sus características deben estar normalizadas. Se
priorizarán zonas ausentes de contaminación urbana y próximas al origen de la materia prima.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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