Disposiciones generales. . (2025/96-1)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en Almería».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín ANEXO
Oficial
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Industria Energía y Minas
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7055/38
Página 30 de 32
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas
ANEXO IX
Porcentaje y cuantía mínima de incentivo
Tipología de proyectos
«A.1.3. Desarrollo e
impulso a la cadena de
valor para el despliegue
de nuevos vectores
energéticos y
tecnologías
sostenibles»
«C.2. Infraestructura
para los combustibles
alternativos»
Encuadramiento en caso de aplicación del Reglamento (UE)
núm. 651/2014 por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda compatibles (RGEC)
Intensidad de incentivo y
cuantía mínima de la
subvención
Desglose de categorías de
ayuda
Subcategorías de ayuda
incluidas
Medianas
empresas
Ayudas regionales a la
inversión (artículo 14 RGEC)
Inversiones en activos materiales
e inmateriales y costes por
creación de empleo
60 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
Pequeñas
empresas,
micropymes y
autónomos
70 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión para la
promoción de la energía
procedente de fuentes
renovables, de hidrógeno
renovable y de la
cogeneración
de alta eficiencia (Artículo 41
RGEC).
Inversiones para la producción de
energía procedente de fuentes
renovables mediante bombas de
calor, hidrógeno renovable o
cogeneración de alta eficiencia
basada en fuentes de energía
renovables.
55 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
65 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión para la
protección
del medio ambiente,
incluida la descarbonización
(Artículo 36 RGEC).
Proyectos de protección del
medioambiente y
descarbonización.
65 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
75 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión en
infraestructuras de recarga o
Repostaje (Artículo 36 bis
RGEC).
Proyectos de protección del
medioambiente y
descarbonización.
55 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
65 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a puertos
Marítimos (Artículo 56 ter
RGEC)
(para las ayudas que no
superen los 5,5 millones de
euros)
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable de hasta 22
millones de euros.
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable superior a 22
millones de euros y de hasta 55
millones de euros.
80 %
(cuantía mínima 100.000 €)
70 %
(cuantía mínima 100.000 €)
00320653
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable superior a 55
millones de euros y hasta el
importe establecido en el artículo
4, apartado 1, punto e) del
Reglamento (UE) núm. 651/2014,
de 17 de junio de 2014 (RGEC).
80 %
(cuantía mínima 100.000 €)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica
II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín ANEXO
Oficial
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Consejería de Industria Energía y Minas
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7055/38
Página 30 de 32
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas
ANEXO IX
Porcentaje y cuantía mínima de incentivo
Tipología de proyectos
«A.1.3. Desarrollo e
impulso a la cadena de
valor para el despliegue
de nuevos vectores
energéticos y
tecnologías
sostenibles»
«C.2. Infraestructura
para los combustibles
alternativos»
Encuadramiento en caso de aplicación del Reglamento (UE)
núm. 651/2014 por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda compatibles (RGEC)
Intensidad de incentivo y
cuantía mínima de la
subvención
Desglose de categorías de
ayuda
Subcategorías de ayuda
incluidas
Medianas
empresas
Ayudas regionales a la
inversión (artículo 14 RGEC)
Inversiones en activos materiales
e inmateriales y costes por
creación de empleo
60 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
Pequeñas
empresas,
micropymes y
autónomos
70 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión para la
promoción de la energía
procedente de fuentes
renovables, de hidrógeno
renovable y de la
cogeneración
de alta eficiencia (Artículo 41
RGEC).
Inversiones para la producción de
energía procedente de fuentes
renovables mediante bombas de
calor, hidrógeno renovable o
cogeneración de alta eficiencia
basada en fuentes de energía
renovables.
55 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
65 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión para la
protección
del medio ambiente,
incluida la descarbonización
(Artículo 36 RGEC).
Proyectos de protección del
medioambiente y
descarbonización.
65 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
75 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a la inversión en
infraestructuras de recarga o
Repostaje (Artículo 36 bis
RGEC).
Proyectos de protección del
medioambiente y
descarbonización.
55 %
(cuantía
mínima
100.000 €)
65 %
(cuantía mínima
100.000 €)
Ayudas a puertos
Marítimos (Artículo 56 ter
RGEC)
(para las ayudas que no
superen los 5,5 millones de
euros)
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable de hasta 22
millones de euros.
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable superior a 22
millones de euros y de hasta 55
millones de euros.
80 %
(cuantía mínima 100.000 €)
70 %
(cuantía mínima 100.000 €)
00320653
Inversiones para la construcción,
sustitución o mejora de las
infraestructuras de los puertos
marítimos, a proyectos con coste
total subvencionable superior a 55
millones de euros y hasta el
importe establecido en el artículo
4, apartado 1, punto e) del
Reglamento (UE) núm. 651/2014,
de 17 de junio de 2014 (RGEC).
80 %
(cuantía mínima 100.000 €)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja