Disposiciones generales. . (2025/96-2)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria de los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en el Campo de Gibraltar».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7074/3
RESU ELVO
Primero. Convocatoria y régimen aplicable.
1. Se convocan los incentivos para el proyecto tractor de transición justa «Ecosistema
industrial del hidrógeno verde en el Campo de Gibraltar», a conceder en régimen
de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, de acuerdo con el
ámbito material, funcional y territorial detallado en los resuelvo segundo y tercero.
2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 22 de febrero de 2024, por la presente convocatoria y demás
normativa de aplicación.
Para el caso de personas o entidades beneficiarias que tengan la consideración de
empresa, además, será de aplicación:
a) Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de
la Unión Europea» L 187, de 26 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE)
núm. 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
b) Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis.
Asimismo será el régimen de aplicación el reglamento referido en la letra b) anterior,
para los gastos relativos a la realización del informe de la persona auditora aportado con
la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
También, los gastos de planificación, ingeniería y dirección facultativa de los proyectos,
así como los estudios de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan
especial relevancia para la realización del proyecto de inversión.
Tercero. Ámbito territorial y funcional de competitividad de la convocatoria.
1. Se declara, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 22 de
febrero de 2024, como ámbito territorial de la presente convocatoria a los municipios de
la zona de transición justa de la provincia de Cádiz y, por tanto, abarca a los municipios
de Algeciras, Los Barrios, La Línea de la Concepción y San Roque.
2. El ámbito territorial definido en el apartado 1 anterior se refiere a la ubicación física
de las inversiones materiales, así como el lugar donde se desarrollan las actividades y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320672
Segundo. Ámbito material de la convocatoria.
1. La presente convocatoria se dirige a los proyectos englobadas en el «Hidrógeno
verde y sus derivados como vector de descarbonización y de competitividad empresarial»,
que se detallan en el Anexo III, y se encuadran en la tipología de proyectos de la Orden
de 22 de febrero de 2024, de incentivos de transición justa «A.1.3. Desarrollo e impulso
a la cadena de valor para el despliegue de nuevos vectores energéticos y tecnologías
sostenibles» y «C2. Infraestructura para combustibles alternativos», incluido hidrógeno
renovable para actividades aeronáuticas, logísticas, de movilidad u otras.
2. Los proyectos detallados en el Anexo III se desarrollan en el ecosistema industrial
de transición justa denominado «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en el Campo
de Gibraltar». al que se dirige esta convocatoria, y asimismo se encuadran en las
acciones afines del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 y
en las actividades previstas en el artículo 8 de Reglamento (UE) núm. 2021/1056 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el
Fondo de Transición Justa, tal y como se indica en el Anexo IV de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7074/3
RESU ELVO
Primero. Convocatoria y régimen aplicable.
1. Se convocan los incentivos para el proyecto tractor de transición justa «Ecosistema
industrial del hidrógeno verde en el Campo de Gibraltar», a conceder en régimen
de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la
Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas
industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba, de acuerdo con el
ámbito material, funcional y territorial detallado en los resuelvo segundo y tercero.
2. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 22 de febrero de 2024, por la presente convocatoria y demás
normativa de aplicación.
Para el caso de personas o entidades beneficiarias que tengan la consideración de
empresa, además, será de aplicación:
a) Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de
la Unión Europea» L 187, de 26 de junio de 2014, modificado por el Reglamento (UE)
núm. 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023.
b) Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis.
Asimismo será el régimen de aplicación el reglamento referido en la letra b) anterior,
para los gastos relativos a la realización del informe de la persona auditora aportado con
la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
También, los gastos de planificación, ingeniería y dirección facultativa de los proyectos,
así como los estudios de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan
especial relevancia para la realización del proyecto de inversión.
Tercero. Ámbito territorial y funcional de competitividad de la convocatoria.
1. Se declara, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 22 de
febrero de 2024, como ámbito territorial de la presente convocatoria a los municipios de
la zona de transición justa de la provincia de Cádiz y, por tanto, abarca a los municipios
de Algeciras, Los Barrios, La Línea de la Concepción y San Roque.
2. El ámbito territorial definido en el apartado 1 anterior se refiere a la ubicación física
de las inversiones materiales, así como el lugar donde se desarrollan las actividades y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320672
Segundo. Ámbito material de la convocatoria.
1. La presente convocatoria se dirige a los proyectos englobadas en el «Hidrógeno
verde y sus derivados como vector de descarbonización y de competitividad empresarial»,
que se detallan en el Anexo III, y se encuadran en la tipología de proyectos de la Orden
de 22 de febrero de 2024, de incentivos de transición justa «A.1.3. Desarrollo e impulso
a la cadena de valor para el despliegue de nuevos vectores energéticos y tecnologías
sostenibles» y «C2. Infraestructura para combustibles alternativos», incluido hidrógeno
renovable para actividades aeronáuticas, logísticas, de movilidad u otras.
2. Los proyectos detallados en el Anexo III se desarrollan en el ecosistema industrial
de transición justa denominado «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en el Campo
de Gibraltar». al que se dirige esta convocatoria, y asimismo se encuadran en las
acciones afines del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027 y
en las actividades previstas en el artículo 8 de Reglamento (UE) núm. 2021/1056 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el
Fondo de Transición Justa, tal y como se indica en el Anexo IV de esta convocatoria.