Disposiciones generales. . (2025/96-2)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria de los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Ecosistema industrial del hidrógeno verde en el Campo de Gibraltar».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7074/9
h) En su caso, acuerdos de colaboración con otras empresas o entidades en el
desarrollo del proyecto objeto del incentivo, así como acreditación de la condición de
estas empresas o entidades con relación a los criterios de valoración establecidos.
i) En su caso, memoria justificativa acerca de la adopción de las medidas de fomento
ambiental que, con carácter de recomendación, se contemplan en la Resolución de 15
de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la
que se formula declaración ambiental estratégica del «Programa del Fondo de Transición
Justa de España 2021-2027,
j) Las evidencias de las comprobaciones establecidas en el apartado 13 del Cuadro
Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas, y en particular: la acreditación del código CNAE declarado, así como aquella que
permita comprobar la actividad de la persona o entidad beneficiaria en relación a dicho código.
k) Informe de evaluación de su contribución a los objetivos climáticos y
medioambientales recogidos en el artículo 17.1. del Reglamento (UE) núm. 2020/852, de
18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles, que incluye la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio
climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía
circular, la prevención y control de la contaminación y la protección y recuperación de la
biodiversidad y los ecosistemas.
l) Acta notarial de presencia de comprobación de no inicio de los trabajos en aquellas
ayudas no sometidas a régimen de minimis.
m) El resto de documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en
consideración para la aplicación de los criterios de valoración.
n) Para el caso de incentivos superiores a 30.000€, documentación acreditativa del
requisito contemplado en el art. 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General
de Subvenciones en los siguientes términos:
i.
Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar
cuentas de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona o
entidad beneficiaria, o en su caso, por su representante.
ii. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar
cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificado emitido por auditor
inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, basada en un «Informe de
Procedimientos Acordados».
o) Informe «Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta» que certifique la
Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta.
p) Informe de la vida laboral de la empresa expedido por la TGSS que certifique la
Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta a través
del formulario (Anexo II).
q) En caso de solicitar anticipo, deberá presentarse escrito firmado electrónicamente
por la persona o entidad solicitante o su representante, indicando el importe solicitado,
el valor de la garantía aportada, así como su forma de constitución. El escrito se
acompañará de documento acreditativo de la constitución de la garantía en la Caja
General de Depósitos salvo para el caso de proyectos de aceleración de empresas.
Décimo segundo. Partidas presupuestarias y estabilidad presupuestaria.
1. Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios
del ejercicio 2025 A 2027, por las cuantías máximas que se especifican a continuación:
2025
2026
2027
Total
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060321J0 2024000228
510.009 €
357.006 €
153.003 €
1.020.018 €
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060386J0 2025000814
500.000 €
350.000 €
150.000 €
1.000.000 €
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060252J0 2025000813
1.500.000 €
1.050.000 € 450.000 €
3.000.000 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320672
Créditos presupuestarios
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 96 - Jueves, 22 de mayo de 2025
página 7074/9
h) En su caso, acuerdos de colaboración con otras empresas o entidades en el
desarrollo del proyecto objeto del incentivo, así como acreditación de la condición de
estas empresas o entidades con relación a los criterios de valoración establecidos.
i) En su caso, memoria justificativa acerca de la adopción de las medidas de fomento
ambiental que, con carácter de recomendación, se contemplan en la Resolución de 15
de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la
que se formula declaración ambiental estratégica del «Programa del Fondo de Transición
Justa de España 2021-2027,
j) Las evidencias de las comprobaciones establecidas en el apartado 13 del Cuadro
Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía
y Minas, y en particular: la acreditación del código CNAE declarado, así como aquella que
permita comprobar la actividad de la persona o entidad beneficiaria en relación a dicho código.
k) Informe de evaluación de su contribución a los objetivos climáticos y
medioambientales recogidos en el artículo 17.1. del Reglamento (UE) núm. 2020/852, de
18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles, que incluye la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio
climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía
circular, la prevención y control de la contaminación y la protección y recuperación de la
biodiversidad y los ecosistemas.
l) Acta notarial de presencia de comprobación de no inicio de los trabajos en aquellas
ayudas no sometidas a régimen de minimis.
m) El resto de documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en
consideración para la aplicación de los criterios de valoración.
n) Para el caso de incentivos superiores a 30.000€, documentación acreditativa del
requisito contemplado en el art. 13.3 bis de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General
de Subvenciones en los siguientes términos:
i.
Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar
cuentas de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona o
entidad beneficiaria, o en su caso, por su representante.
ii. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar
cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificado emitido por auditor
inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, basada en un «Informe de
Procedimientos Acordados».
o) Informe «Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta» que certifique la
Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta.
p) Informe de la vida laboral de la empresa expedido por la TGSS que certifique la
Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta a través
del formulario (Anexo II).
q) En caso de solicitar anticipo, deberá presentarse escrito firmado electrónicamente
por la persona o entidad solicitante o su representante, indicando el importe solicitado,
el valor de la garantía aportada, así como su forma de constitución. El escrito se
acompañará de documento acreditativo de la constitución de la garantía en la Caja
General de Depósitos salvo para el caso de proyectos de aceleración de empresas.
Décimo segundo. Partidas presupuestarias y estabilidad presupuestaria.
1. Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios
del ejercicio 2025 A 2027, por las cuantías máximas que se especifican a continuación:
2025
2026
2027
Total
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060321J0 2024000228
510.009 €
357.006 €
153.003 €
1.020.018 €
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060386J0 2025000814
500.000 €
350.000 €
150.000 €
1.000.000 €
2100130000 G/73B/77000/00 01 J4060252J0 2025000813
1.500.000 €
1.050.000 € 450.000 €
3.000.000 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00320672
Créditos presupuestarios