Disposiciones generales. . (2025/111-7)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos en régimen de concurrencia competitiva para la participación de la industria en Andalucía en el ciclo de vida de nuevos sistemas satelitales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8298/13

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y como se establece en el artículo 21 de las bases
reguladoras.
En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus
mismos efectos.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban
cursarse personalmente se practicarán en el lugar o por el medio indicado por las
personas o entidades en sus solicitudes.
Décimo cuarto. Devolución, compensación, aplazamiento y fraccionamiento.
1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las personas beneficiarias podrán
realizar la devolución voluntaria del ingreso recibido, debiendo para ello comunicarlo al
órgano gestor de los incentivos, a fin de que por este se confeccione la correspondiente
carta de pago con la que podrán dirigirse a una entidad bancaria para realizar la citada
devolución. La carta de pago que se emita se corresponderá con una liquidación
provisional a cuenta de la resolución definitiva que en su día se dicte.
2. Con anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, las personas beneficiarias
podrán presentar solicitud de compensación con reconocimiento de deuda, acompañada
de petición expresa de certificado del órgano concedente de la subvención de la cantidad
a devolver. La solicitud de compensación, acompañada de la documentación prevista
en la normativa de aplicación, será remitida al órgano competente para acordar su
otorgamiento.
3. Asimismo, con anterioridad al procedimiento de reintegro, las personas beneficiarias
podrán presentar solicitud de aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de
deuda dirigida al órgano gestor de la subvención, acompañada de la documentación
prevista en la normativa de aplicación.
Décimo quinto. Eficacia de la resolución de convocatoria.
La eficacia de la presente resolución se producirá con la publicación de esta y su
extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en
el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

00321897

Sevilla, 5 de junio de 2025.- El Secretario General, José Javier Alonso Membrives.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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