Disposiciones generales. . (2025/112-3)
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de la Línea 7 de subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía (modalidad 2 Escuelas de Verano) aprobado mediante Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de esta Consejería, para el ejercicio 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Viernes, 13 de junio de 2025
página 8370/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 10 de junio de 2025, por la que se acuerda la aplicación de la
tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de la Línea 7 de
subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el
marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía (modalidad 2
Escuelas de Verano) aprobado mediante Orden de 21 de mayo de 2025, por
la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en
materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana,
personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de
Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción
social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social,
en el ámbito de esta Consejería, para el ejercicio 2025.
El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas establece en su apartado primero que «cuando razones
de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado,
la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a
la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos». Dispone también que «no cabrá recurso alguno
contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento,
sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento».
De acuerdo con este precepto, se considera conveniente aplicar la tramitación
de urgencia al procedimiento relativo a la concesión de subvenciones prevista en la
Línea 7 de subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el
marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía (modalidad 2 Escuelas de
Verano) de la Orden de 20 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de
personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes,
personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato
y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación
ciudadana, investigación e innovación social, y convocadas para el 2025 mediante Orden
de 21 de mayo de 2025, cuyo extracto ha sido publicado en el BOJA núm. 101, de 29 de
mayo de 2025, motivando la presente decisión en los siguientes hechos y fundamentos:

Mediante Orden de 21 de mayo de 2025, fueron convocadas las subvenciones para
las escuelas de verano dirigidas a personas menores de edad, preferentemente en zonas
desfavorecidas previstas en la Línea 7 (modalidad 2) de la Orden de 20 de julio de 2021,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con
discapacidad, reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios,
comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía
alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social,
voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social,
en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ANTECEDENTES DE HECHO