5. Anuncios. . (2025/113-80)
Anuncio de 11 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, por el que se dispone la publicación del Acuerdo de 21 de abril de 2025, de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva en sesión celebrada el 11 de abril de 2025, relativa al «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Almonaster la Real».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8512/10

informe sectorial en materia de aguas a la administración hidráulica, para la aprobación
de la figura de planeamiento de desarrollo de esta unidad».
E.3.3. Conclusiones Finales.
• Los ámbitos propuestos para denegación constituyen elementos aislados,
claramente delimitados e identificables, situados todos ellos en zonas periféricas y de
borde del núcleo urbano, no afectándose el modelo territorial propuesto por el plan, sin
interferir o alterar la parte susceptible de aprobación, por cuanto integran una única Área
de Reparto del suelo urbanizable sectorizado.
• Las determinaciones cuya aprobación se proponen, constituyen un todo armónico
y coherente que respeta los principios sustanciales y las directrices básicas del plan
aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Almonaster la Real.
• La subsanación y corrección de las deficiencias advertidas, en el momento que
ésta se produzca, no afectarán a aspectos sustanciales y estructurales del plan aprobado
que puedan suponer la pérdida de coherencia e integridad del mismo. Igual indicación
se realiza en relación con la elaboración y aprobación del Texto Omnicomprensivo, por
cuanto el mismo no habrá de modificar contenido alguno de los aprobados por la CTOTU.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Único. De conformidad con el artículo 33.2.c) de la LOUA, se propone la Aprobación
Definitiva Parcial del «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de
Almonaster La Real» sujeto a las indicaciones y condiciones incluidas en las conclusiones
de este informe técnico y, detalladamente:
a) Se propone aprobar las determinaciones del instrumento de planeamiento no
afectadas por las denegaciones del apartado E.3.2, a reserva de la simple subsanación
de las deficiencias indicadas en los apartados de Conclusiones E.1, E.2 y E.3 y
supeditando su registro y publicación al cumplimiento de las mismas, tras la remisión a
esta Delegación Territorial para su comprobación.
b) Se propone la denegación de las explicitadas en el apartado E.3.2.
Es cuanto tengo que informar según mi leal saber y entender. La Comisión con criterio
mejor fundado, resolverá.»
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es de aplicación la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de
diciembre de la LISTA, que establece que los procedimientos relativos a los instrumentos
de planeamiento urbanístico que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor
de esta ley, podrán continuar su tramitación conforme a las reglas de ordenación del
procedimiento y el régimen de competencias establecidos por la legislación sectorial
y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma. En consecuencia, resulta de
aplicación el régimen urbanístico establecido por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
LOUA, vigente en el momento de inicio de la tramitación de este procedimiento.

Tercero. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los
instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión
del artículo 36 de la LOUA. A la presente Modificación le será de aplicación, asimismo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322111

Segundo. El órgano competente para resolver es la CTOTU, de conformidad con lo
establecido en los artículos 31.2.B).a) y 36.2.c).1.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
LOUA, la disposición transitoria primera del Decreto Decreto 88/2025, de 26 de marzo,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de
Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y el Decreto 226/2020,
de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía.