Autoridades y personal. . (2025/119-35)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8880/3

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Presentación.
3.1.1. Las personas candidatas deberán inscribirse a través de la plataforma
BAREMAPDI en el siguiente enlace: https://baremapdi.uhu.es, en el plazo de 10 días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. La solicitud generada por la aplicación de baremación,
una vez finalizada la inscripción, no surtirá efecto en orden a participar en la convocatoria
si no se presenta, en el plazo fijado en el Registro General de la Universidad de Huelva o,
en su caso, por los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez
registrada la solicitud, se subirá de nuevo a la plataforma de baremación a efectos de
acreditar la presentación. La falta de presentación de la solicitud en el Registro de la
Universidad de Huelva o a través de los medios previstos en el citado art. 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, no es subsanable y determinará la exclusión definitiva de la
persona aspirante. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos
deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de
correos antes de ser certificadas.
3.1.2. Aquellas personas interesadas que no presenten su solicitud en el Registro
General de la Universidad deberán enviar, en el plazo máximo de 24 horas posteriores a
la finalización del plazo para participar en el concurso, copia de la página de su instancia
donde conste el registro de entrada en la Administración que la haya recepcionado al
correo electrónico concursos.docentes.oa@sc.uhu.es.
3.1.3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se podrán alegar nuevos
méritos.
3.1.4. Los derechos de participación serán de 30 euros por cada una de las plazas
a las que se desee concursar, que se ingresarán, dentro del plazo de presentación de
instancias, en la cuenta de la Universidad de Huelva en cualquier sucursal del Banco
de Santander en la cuenta con IBAN núm. ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a nombre
de «Universidad de Huelva», especificándose en el resguardo acreditativo el nombre y
apellidos del interesado, DNI y el número de orden de la plaza o plazas a las que se
concursa. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.1.5. Estarán exentos de pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud, certificado oficial que acredite tal condición.
b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo oficial de la institución competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada. A
tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba específica que lo
acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que estén en posesión
del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior) regulado por el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel avanzado o equivalente
en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal
efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar copia auténtica, compulsada
o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o del mencionado certificado.
2.4. Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la veracidad
de la documentación aportada y estará obligado a presentar los documentos originales, en
cualquier momento, a requerimiento de la Administración.
El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos o méritos
alegados implicará la exclusión de la persona candidata del proceso, reservándose la
Universidad el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho.