Autoridades y personal. . (2025/120-24)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Asociado/a.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Miércoles, 25 de junio de 2025
página 8921/2

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Presentación.
3.1.1. Las personas candidatas deberán inscribirse a través de la plataforma
BAREMAPDI en el siguiente enlace: https://baremapdi.uhu.es en el plazo de 10 días
hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. La solicitud generada por la aplicación de baremación,
una vez finalizada la inscripción, no surtirá efecto en orden a participar en la convocatoria
si no se presenta, en el plazo fijado en el Registro General de la Universidad de Huelva o,
en su caso, por los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez
registrada la solicitud, se subirá de nuevo a la plataforma de baremación a efectos de
acreditar la presentación. La falta de presentación de la solicitud en el Registro de la
Universidad de Huelva o a través de los medios previstos en el citado art. 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, no es subsanable y determinará la exclusión definitiva de la
persona aspirante.
3.1.2. Aquellas personas interesadas que no presenten su solicitud en el Registro
General de la Universidad deberán enviar, en el plazo máximo de 24 horas posteriores
a la finalización del plazo para participar en el concurso, al correo electrónico
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322520

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa (70 años). Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta
de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de candidatas/os con títulos
de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de
la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesorado de
Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitada/o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
f) En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el que
la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento adecuado
del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada. A
tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba específica que lo
acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que estén en posesión
del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior) regulado por el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel avanzado o equivalente
en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal
efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar copia auténtica, compulsada
o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o del mencionado certificado.
g) Los nacionales de Estados europeos y distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia en vigor, que les habilite para residir y para
acceder sin limitaciones al mercado y así poder firmar el contrato.