Disposiciones generales. . (2025/122-2)
Orden de 19 de junio de 2025, por la que se convocan las ayudas para inversiones en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, durante el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, al amparo de la normativa que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Viernes, 27 de junio de 2025
página 9115/2

RESU ELVO
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la mejora
de la comercialización mediante inversiones en comercialización y transformación de los
productos pesqueros y acuícolas, reguladas en la Orden de 26 de octubre de 2023, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia competitiva para la promoción, la comercialización y la transformación de los
productos pesqueros y acuícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo del
Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027.
2. La información asociada al procedimiento de ayudas convocada en la presente
orden está disponible en el código de procedimientos, a través de la dirección electrónica
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta
de Andalucía indicado a continuación:
LÍNEA DE AYUDA

CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA DEL CATÁLOGO
DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS DE
LA SEDE ELECTRÓNICA GENERAL DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA

Ayudas para inversiones en comercialización
y transformación de los productos pesqueros
y acuícolas

25187

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/
tramites/procedimientos/detalle/25187.html

Segundo. Régimen jurídico.
Lo dispuesto en la presente orden de convocatoria se regirá por lo previsto en la
Orden de 26 de octubre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para la promoción,
la comercialización y la transformación de los productos pesqueros y acuícolas en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del Programa para España del Fondo
Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027, por las normas comunitarias
aplicables y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquellas y, en
concreto, por las establecidas en el artículo 2 de la citada orden.

Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de las ayudas para inversiones
en comercialización y transformación de los productos pesqueros y acuícolas, de
conformidad con el objetivo específico 2.2 del Programa para España del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, Promover la comercialización, la calidad y el valor
añadido de los productos de la pesca y la acuicultura, así como de la transformación
de dichos productos, regulado en el artículo 26.1.b) del Reglamento (UE) 2021/1139 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el
Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y al amparo de la Orden 26 de
octubre de 2023.
Quinto. Financiación, intensidad de la ayuda y régimen aplicable.
1. La intensidad máxima de la ayuda será del 50% del gasto subvencionable total de
la operación. No obstante, dicha intensidad podrá variar en función de la categoría de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322714

Tercero. Personas o entidades solicitantes y beneficiarias de las ayudas.
Podrán solicitar las ayudas las personas o entidades contempladas específicamente
en el artículo 38 de la Orden de 26 de octubre de 2023 de bases reguladoras, siempre
que reúnan los requisitos contemplados en el artículo 3 del citada texto normativo:
- Ayudas a las inversiones en comercialización y transformación de los productos de
la pesca y de la acuicultura:
Personas físicas y jurídicas que, siendo pymes, desarrollen su actividad económica
o profesional en el ámbito de la comercialización y transformación de los productos
pesqueros y acuícolas.