Disposiciones generales. . (2025/124-1)
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Martes, 1 de julio de 2025
página 9107/34

as Provinciales de entes instrumentales, no solo se eliminará su ámbito de competencias
y la provincia, también la palabra territorial o provincial. Por ejemplo:
Lugar, XX de mes de 20XX.- La Delegada, Nombre Apellido 1 Apellido 2.
Al/A la Delegado/a del Gobierno de la Junta de Andalucía en una provincia se le deja
«del Gobierno» en la firma, por ejemplo:
Lugar, XX de mes de 20XX.- La Delegada del Gobierno, Nombre Apellido 1 Apellido 2.
Cuando en el título del texto se menciona un suborganismo a continuación del
organismo y el/la persona firmante sea titular de dicho suborganismo, o en el caso en
que firme alguien que no ostenta la titularidad del organismo, se pondrá el cargo entero
pues no se puede deducir qué cargo tiene o bien se puede confundir con el cargo del
organismo.
Delegaciones de firma.
Las delegaciones, en sus múltiples variantes, para firmar un texto pueden complicar
los pies de firma hasta extremos bastantes complejos, dejando una casuística muy
variada.
Según el tipo de delegación podemos clasificarlas en:
- Delegación de competencia (P.D.).
- Delegación de firma (P.D.F.).
- Ausencia (P.A.).
- Delegación por suplencia (P.S.) o suplencia reglamentaria (P.D.R.).
- Delegación por vacancia (P.V.). Esta clasificación influye en nula medida en la
manera de componer el pie de firma, salvo en el caso de vacancia, en cuyo caso no se
menciona al titular del órgano delegante sino al órgano genérico, dado que está vacante.
Independientemente del tipo podemos diferenciar las delegaciones, a efectos de su
tratamiento en los pies de firma del BOJA, en dos categorías: la delegación del organismo
que emite el texto a otro órgano que firma efectivamente y la delegación de la persona
firmante a otra persona que firma efectivamente.
Como norma general, un pie de firma con delegación deberá incluir como mínimo
el tipo de delegación (generalmente abreviado, aunque si el original trae la mención
desarrollada se podrá dejar así) y la normativa que la regula (al menos rango, numeración
en su caso y fecha, aunque en algunos casos se añaden en el documento original otros
elementos que podrán dejarse tal cual vienen: artículo, apartado o base antes del rango
y BOJA con fecha de publicación después, incluso con añadidos de correcciones de
errores o doble normativa).
Por ejemplo:
1. La persona que firma es titular del organismo insertante pero menciona a la
persona titular del organismo que le otorga el poder para firmar.

Como vemos, el cargo otorgante de los poderes para firmar deberá figurar completo
(dado que no aparece en el título del texto como organismo), separado con una coma
se pondrá el tipo de delegación (en este caso, P.D.), a continuación entre paréntesis se
mencionará la normativa que regula la delegación (en este caso con información extra,
como la base concreta de la orden referida y el BOJA en que se publicó, aunque como se
ha mencionado esto no será obligatorio, solo se dejará si viene así), tras el paréntesis se
pondrá una coma y el cargo de la persona firmante, que al ser el mismo que el organismo
del título del texto vendrá resumido (en este caso solo menciona «el Delegado», teniendo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322706

Lugar, XX de mes de 20XX.- La Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación
del Territorio, P.D. (base decimosexta de la Orden de 17.10.2018, BOJA núm. 203, de
19.10), el Delegado, Nombre Apellido 1 Apellido 2.