Disposiciones generales. . (2025/124-1)
Orden de 13 de junio de 2025, por la que se desarrollan determinados aspectos del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Martes, 1 de julio de 2025
página 9107/9
2. Dicha solicitud deberá dirigirse a la persona titular del órgano directivo que tenga
atribuidas las competencias en materia de diario oficial de la Junta de Andalucía.
3. En la solicitud, deberá ofrecerse información suficiente para identificar todas las
URL para las que se solicita la desindexación sin un esfuerzo desproporcionado.
4. En caso de que una solicitud incumpliese con alguno de los requisitos expuestos
en este artículo, se requerirá a la persona solicitante para que proceda a su subsanación
en el plazo de diez días hábiles, con indicación de que, si no lo hiciera, se procederá al
archivo de la petición.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 23 de abril de 2012, por la que se regula la inserción de
documentos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como cuantas disposiciones
de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.
Disposición final primera. Autorización para el desarrollo de esta orden.
Se faculta al órgano directivo que ostente las competencias en materia de dirección
del BOJA a que dicte instrucciones técnicas complementarias de desarrollo de lo
dispuesto en esta orden.
Disposición final segunda. Habilitación para la modificación de los anexos.
Se faculta al órgano directivo que ostente las competencias en materia de dirección
del BOJA a que, mediante resolución, pueda modificar los anexos que se incluyen en la
presente orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de junio de 2025
ANTONIO SANZ CABELLO
00322706
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Martes, 1 de julio de 2025
página 9107/9
2. Dicha solicitud deberá dirigirse a la persona titular del órgano directivo que tenga
atribuidas las competencias en materia de diario oficial de la Junta de Andalucía.
3. En la solicitud, deberá ofrecerse información suficiente para identificar todas las
URL para las que se solicita la desindexación sin un esfuerzo desproporcionado.
4. En caso de que una solicitud incumpliese con alguno de los requisitos expuestos
en este artículo, se requerirá a la persona solicitante para que proceda a su subsanación
en el plazo de diez días hábiles, con indicación de que, si no lo hiciera, se procederá al
archivo de la petición.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 23 de abril de 2012, por la que se regula la inserción de
documentos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como cuantas disposiciones
de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.
Disposición final primera. Autorización para el desarrollo de esta orden.
Se faculta al órgano directivo que ostente las competencias en materia de dirección
del BOJA a que dicte instrucciones técnicas complementarias de desarrollo de lo
dispuesto en esta orden.
Disposición final segunda. Habilitación para la modificación de los anexos.
Se faculta al órgano directivo que ostente las competencias en materia de dirección
del BOJA a que, mediante resolución, pueda modificar los anexos que se incluyen en la
presente orden.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 13 de junio de 2025
ANTONIO SANZ CABELLO
00322706
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja