3. Otras disposiciones. . (2025/124-38)
Orden de 17 de junio de 2025, por la que se aprueba el modelo de convenio tipo de colaboración para la ejecución de las actuaciones necesarias para la creación de las unidades de gestión turística integrada dentro del programa Pueblos Blancos ITI Cádiz, financiados con fondos FEADER.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Martes, 1 de julio de 2025
página 9207/2

Tercero. Vigencia.
La vigencia del modelo de convenio tipo será, de conformidad con el artículo 38.1.b)
del Decreto Ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización
administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de seis años, pudiendo prorrogarse
antes de la finalización de ese plazo por un periodo de hasta seis años adicionales.
Cuarto. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de junio de 2025
ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo y Andalucía Exterior

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE TURISMO
Y ANDALUCÍA EXTERIOR Y EL AYUNTAMIENTO DE ………………. PARA LA
EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA LA CREACIÓN DE
LA UNIDAD DE GESTIÓN TURÍSTICA INTEGRADA DENTRO DEL PROGRAMA
PUEBLOS BLANCOS, ITI CADIZ
Convenio de colaboración núm. ……………………
REUNIDOS
De una parte, D./D.ª ………………….…….., Titular de la Consejería de Turismo y
Andalucía Exterior.] en uso de las competencias que les atribuyen los artículos 9.2 y
26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Y de otra, D./D.ª ………………….…….., Alcalde Presidente/Alcaldesa Presidenta del
Exmo. Ayuntamiento de …... en nombre y representación del mismo, según acuerdo del
Pleno de la Corporación de fecha ........... de ........... de 20 .... y de conformidad con las
competencias que le conceden los artículos 57 y 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad jurídica y de obrar
suficiente para otorgar el presente convenio, actuando en el ejercicio de la representación
que ostentan, y, al efecto,

Primero. Que la Unión Europea viene contribuyendo al desarrollo sostenible de las
zonas rurales, a través de la Política Agraria Común (PAC), mediante tres objetivos a largo
plazo, que consisten en: a) aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura; b)
garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima; y c) lograr
un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales, incluyendo la
creación y la conservación del empleo.
El desarrollo rural es el «segundo pilar» de la PAC y contribuye a reforzar el «primer
pilar» de apoyo a la renta y medidas de mercado mediante la mejora de la sostenibilidad
social, medioambiental y económica de las zonas rurales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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