3. Otras disposiciones. . (2025/126-34)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de cumplimiento de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada (PTS).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/15
Remuneraciones
70
Los órganos directivos de la Fundación no han realizado acto de aprobación alguno en relación
con el incremento retributivo anual del personal del PTS correspondiente al ejercicio, si bien
aquél está acorde con la Ley de Presupuestos de 2021 y con la comunicación de actualizaciones
recibida desde la consejería de adscripción.
71
A final del ejercicio auditado no se habían iniciado los trámites para adaptar las relaciones
laborales del personal de la Fundación a la nueva realidad administrativa producto de su
condición de integrante del sector público andaluz.16
72
En 2021 la Fundación procedió a la regularización salarial de los trabajadores para acomodarla a
la Ley 3/2012 de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia
de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía. En
relación con los efectos tributarios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los
pagos consecuentes de aquélla, la Fundación ha procedió a realizar un apunte negativo en
concepto de plus de antigüedad en el mismo ejercicio.
73
Esta imputación temporal de los mismos no es correcta según la Resolución Vinculante de
Dirección General de Tributos, V0135-20 de 21 de enero de 2020, debiendo haberse imputado
en el periodo impositivo en el que se pagaron sustentado con una declaración complementaria
del tributo.
74
Respecto a las indemnizaciones por razón del servicio, en las liquidaciones aprobadas no se
detalla el kilometraje objeto del desplazamiento.
75
En relación con los hechos detectados por la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA)
del ejercicio 2018 en el Informe de Control Financiero del ejercicio 2018 en relación con un
exceso de remuneraciones del que se ofrece un mayor detalle en el apartado 8.3.2
Remuneraciones, la gerencia del PTS ha obrado durante el ejercicio auditado de la siguiente
forma:
•
•
Contratación de servicios jurídicos (ref. M7) para determinar el período de prescripción de
las cantidades indebidamente abonadas.
Emisión de una nueva comunicación en enero de 2021, volviendo a instar a los trabajadores
a la devolución de las cantidades no prescritas o su manifestación expresa al respecto.
Como consecuencia de ésta:
o
o
o
Párrafo afectado por hecho posterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00322955
16
Tres trabajadores han propuesto una fórmula de pago que ha sido aceptada por la
Fundación y se ha hecho efectiva antes de la finalización del ejercicio fiscalizado.
Una trabajadora ha iniciado un procedimiento judicial ordinario contra la medida de
regularización salarial adoptada, declarando que no está en disposición de negociar en
tanto no se resuelva dicho procedimiento.
El resto, cuatro trabajadores, no se han manifestado al respecto, si bien, fue
comunicada por las instancias judiciales la apertura de dos procedimientos judiciales
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/15
Remuneraciones
70
Los órganos directivos de la Fundación no han realizado acto de aprobación alguno en relación
con el incremento retributivo anual del personal del PTS correspondiente al ejercicio, si bien
aquél está acorde con la Ley de Presupuestos de 2021 y con la comunicación de actualizaciones
recibida desde la consejería de adscripción.
71
A final del ejercicio auditado no se habían iniciado los trámites para adaptar las relaciones
laborales del personal de la Fundación a la nueva realidad administrativa producto de su
condición de integrante del sector público andaluz.16
72
En 2021 la Fundación procedió a la regularización salarial de los trabajadores para acomodarla a
la Ley 3/2012 de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia
de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía. En
relación con los efectos tributarios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los
pagos consecuentes de aquélla, la Fundación ha procedió a realizar un apunte negativo en
concepto de plus de antigüedad en el mismo ejercicio.
73
Esta imputación temporal de los mismos no es correcta según la Resolución Vinculante de
Dirección General de Tributos, V0135-20 de 21 de enero de 2020, debiendo haberse imputado
en el periodo impositivo en el que se pagaron sustentado con una declaración complementaria
del tributo.
74
Respecto a las indemnizaciones por razón del servicio, en las liquidaciones aprobadas no se
detalla el kilometraje objeto del desplazamiento.
75
En relación con los hechos detectados por la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA)
del ejercicio 2018 en el Informe de Control Financiero del ejercicio 2018 en relación con un
exceso de remuneraciones del que se ofrece un mayor detalle en el apartado 8.3.2
Remuneraciones, la gerencia del PTS ha obrado durante el ejercicio auditado de la siguiente
forma:
•
•
Contratación de servicios jurídicos (ref. M7) para determinar el período de prescripción de
las cantidades indebidamente abonadas.
Emisión de una nueva comunicación en enero de 2021, volviendo a instar a los trabajadores
a la devolución de las cantidades no prescritas o su manifestación expresa al respecto.
Como consecuencia de ésta:
o
o
o
Párrafo afectado por hecho posterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00322955
16
Tres trabajadores han propuesto una fórmula de pago que ha sido aceptada por la
Fundación y se ha hecho efectiva antes de la finalización del ejercicio fiscalizado.
Una trabajadora ha iniciado un procedimiento judicial ordinario contra la medida de
regularización salarial adoptada, declarando que no está en disposición de negociar en
tanto no se resuelva dicho procedimiento.
El resto, cuatro trabajadores, no se han manifestado al respecto, si bien, fue
comunicada por las instancias judiciales la apertura de dos procedimientos judiciales
https://www.juntadeandalucia.es/eboja