3. Otras disposiciones. . (2025/126-34)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de cumplimiento de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada (PTS).
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/4
Promover la realización de convenios universidad-empresa para la investigación, estudio,
análisis, principalmente, en el área biosanitaria.
Promover la presencia activa del PTS tanto dentro del territorio andaluz como nacional e
internacional.
Llevar a cabo o fomentar cuantas acciones fuesen necesarias para el desarrollo de
actividades sectoriales e intersectoriales en materia de salud y prevención de riesgos
laborales.
8
En el ejercicio fiscalizado la Fundación se encontraba adscrita a la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, en la actualidad, denominada de
Universidad, Investigación e Innovación.
9
La sede social y de los órganos de gobierno de la Fundación se encuentra en Granada, lugar
donde desarrolla sus actividades principales.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DEL PTS EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
10
El órgano de gobierno y representación de la Fundación, según establece el art. 11 de sus
Estatutos, es el Patronato.
11
Los citados Estatutos le atribuyen el cumplimiento de los fines fundacionales y la administración
diligente de los bienes y derechos que integran el patrimonio del PTS. Concretamente recogen
como obligaciones de los patronos:
•
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•
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Hacer que se cumplan los fines de la Fundación.
Asistir a las reuniones a las que sean convocados.
Desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal.
Mantener en buen estado de conservación y producción los bienes y valores de la Fundación.
En general, cumplir en sus actuaciones con lo determinado en las disposiciones legales
vigentes y en los Estatutos.
Los patronos responden solidariamente frente a la Fundación de los daños y perjuicios que
causen por actos contrarios a la ley o a los Estatutos o por los realizados sin la diligencia con la
que deben desempeñar el cargo.
13
El Patronato designa de entre sus miembros a dos Patronos Delegados en los que se delegan de
forma solidaria las facultades que se estiman oportunas, salvo aquéllas que la ley atribuya
expresamente a otro órgano y defina como indelegables.
14
Otros órganos que pudieran tener responsabilidades respecto al contenido y conclusiones del
presente informe son la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría y la Dirección Gerencia.
15
La Presidencia, elegida por el Patronato entre sus miembros, representa a la Fundación ante toda
clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas, tiene encomendado convocar las
00322955
12
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/4
Promover la realización de convenios universidad-empresa para la investigación, estudio,
análisis, principalmente, en el área biosanitaria.
Promover la presencia activa del PTS tanto dentro del territorio andaluz como nacional e
internacional.
Llevar a cabo o fomentar cuantas acciones fuesen necesarias para el desarrollo de
actividades sectoriales e intersectoriales en materia de salud y prevención de riesgos
laborales.
8
En el ejercicio fiscalizado la Fundación se encontraba adscrita a la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, en la actualidad, denominada de
Universidad, Investigación e Innovación.
9
La sede social y de los órganos de gobierno de la Fundación se encuentra en Granada, lugar
donde desarrolla sus actividades principales.
2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN DEL PTS EN
RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
10
El órgano de gobierno y representación de la Fundación, según establece el art. 11 de sus
Estatutos, es el Patronato.
11
Los citados Estatutos le atribuyen el cumplimiento de los fines fundacionales y la administración
diligente de los bienes y derechos que integran el patrimonio del PTS. Concretamente recogen
como obligaciones de los patronos:
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Hacer que se cumplan los fines de la Fundación.
Asistir a las reuniones a las que sean convocados.
Desempeñar el cargo con la diligencia de un representante leal.
Mantener en buen estado de conservación y producción los bienes y valores de la Fundación.
En general, cumplir en sus actuaciones con lo determinado en las disposiciones legales
vigentes y en los Estatutos.
Los patronos responden solidariamente frente a la Fundación de los daños y perjuicios que
causen por actos contrarios a la ley o a los Estatutos o por los realizados sin la diligencia con la
que deben desempeñar el cargo.
13
El Patronato designa de entre sus miembros a dos Patronos Delegados en los que se delegan de
forma solidaria las facultades que se estiman oportunas, salvo aquéllas que la ley atribuya
expresamente a otro órgano y defina como indelegables.
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Otros órganos que pudieran tener responsabilidades respecto al contenido y conclusiones del
presente informe son la Presidencia, la Vicepresidencia, la Secretaría y la Dirección Gerencia.
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La Presidencia, elegida por el Patronato entre sus miembros, representa a la Fundación ante toda
clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas, tiene encomendado convocar las
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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