3. Otras disposiciones. . (2025/126-34)
Resolución de 24 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de cumplimiento de la Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada (PTS).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/5
reuniones del Patronato, presidirlas, dirigir sus debates y, en su caso, ejecutar los acuerdos,
pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar los documentos necesarios a tal fin.
16
A la Vicepresidencia, asimismo elegida entre los patronos, se le reservan las funciones atribuidas
a la Presidencia en los casos de ausencia, enfermedad o vacante del puesto, pudiendo actuar
también en representación de la Fundación en aquellos supuestos en los que se determine por
acuerdo del Patronato.
17
Corresponde a la persona que ostente la Secretaría la certificación de los acuerdos del Patronato,
la custodia de la documentación perteneciente a la Fundación, levantar las actas
correspondientes a las reuniones del Patronato, expedir las certificaciones e informes que sean
necesarios y todas aquéllas que expresamente se le encomienden. Podrá o no pertenecer al
Patronato.
18
A la persona que ocupa el puesto de Director Gerente le corresponden las facultades delegadas
por el Patronato que tengan el carácter de delegables, esto es, las no incluidas en el art. 18.i de
los Estatutos.
19
La Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su art. 4.1 incluye entre
sus funciones el fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público de Andalucía y
velar por la legalidad y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven
y, en general, de la recaudación, inversión o aplicación de los fondos públicos.
20
En relación con el presente trabajo de fiscalización, la responsabilidad de la CCA es expresar una
opinión en términos de seguridad razonable sobre el cumplimiento por parte del PTS, en todos
sus aspectos significativos, de la normativa y los procedimientos aplicables en la gestión de las
áreas referida en el alcance objetivo detallado anteriormente.
21
La presente actuación se ha realizado de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las instituciones públicas de control externo y, en particular, con las Normas
Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores1, así como con las Guías Prácticas de
Fiscalización de los Órganos de Control Externo que resulten de aplicación.
22
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
que fundamente la opinión y las conclusiones obtenidas. Se considera que la evidencia de
auditoría obtenida proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión favorable con
salvedades de la fiscalización de cumplimiento.
1 ISSAI-ES 100 Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público e ISSAI-ES 400 Principios fundamentales de la fiscalización de
cumplimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322955
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS EN RELACIÓN CON LA
FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9356/5
reuniones del Patronato, presidirlas, dirigir sus debates y, en su caso, ejecutar los acuerdos,
pudiendo para ello realizar toda clase de actos y firmar los documentos necesarios a tal fin.
16
A la Vicepresidencia, asimismo elegida entre los patronos, se le reservan las funciones atribuidas
a la Presidencia en los casos de ausencia, enfermedad o vacante del puesto, pudiendo actuar
también en representación de la Fundación en aquellos supuestos en los que se determine por
acuerdo del Patronato.
17
Corresponde a la persona que ostente la Secretaría la certificación de los acuerdos del Patronato,
la custodia de la documentación perteneciente a la Fundación, levantar las actas
correspondientes a las reuniones del Patronato, expedir las certificaciones e informes que sean
necesarios y todas aquéllas que expresamente se le encomienden. Podrá o no pertenecer al
Patronato.
18
A la persona que ocupa el puesto de Director Gerente le corresponden las facultades delegadas
por el Patronato que tengan el carácter de delegables, esto es, las no incluidas en el art. 18.i de
los Estatutos.
19
La Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su art. 4.1 incluye entre
sus funciones el fiscalizar la actividad económico-financiera del sector público de Andalucía y
velar por la legalidad y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven
y, en general, de la recaudación, inversión o aplicación de los fondos públicos.
20
En relación con el presente trabajo de fiscalización, la responsabilidad de la CCA es expresar una
opinión en términos de seguridad razonable sobre el cumplimiento por parte del PTS, en todos
sus aspectos significativos, de la normativa y los procedimientos aplicables en la gestión de las
áreas referida en el alcance objetivo detallado anteriormente.
21
La presente actuación se ha realizado de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las instituciones públicas de control externo y, en particular, con las Normas
Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores1, así como con las Guías Prácticas de
Fiscalización de los Órganos de Control Externo que resulten de aplicación.
22
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
que fundamente la opinión y las conclusiones obtenidas. Se considera que la evidencia de
auditoría obtenida proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión favorable con
salvedades de la fiscalización de cumplimiento.
1 ISSAI-ES 100 Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público e ISSAI-ES 400 Principios fundamentales de la fiscalización de
cumplimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322955
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS EN RELACIÓN CON LA
FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO