Autoridades y personal. . (2025/126-21)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor al Profesorado Asociado/a, en ejecución del proceso de estabilización de Profesorado Asociado previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/4
3. Solicitudes y documentación.
3.1. Presentación.
3.1.1. En el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en
el BOJA, las personas interesadas habrán de presentar solicitud en formato normalizado
(Anexo II) dirigida a el/la Sr/a. Rector/a Magfco/a. de la Universidad de Huelva, publicado
en la página web
https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado
debiendo presentarse una solicitud (Anexo II), por cada plaza a la que se desee
concursar, junto a copia acreditativa de los méritos alegados, en el Registro General de la
Universidad de Huelva (Dirección: Universidad de Huelva, C/ Doctor Cantero Cuadrado,
núm. 6, C.P. 21004 Huelva), sin perjuicio de la presentación de la solicitud de conformidad
con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten
a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y
selladas por el personal funcionario de correos antes de ser certificadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322990
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa (70 años). Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta
de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de candidatas/os con títulos
de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de
la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesorado de
Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitada/o. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitada/o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
f) En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el que
la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento adecuado
del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada. A
tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba específica que lo
acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que estén en posesión
del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior) regulado por el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel avanzado o equivalente
en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal
efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar copia auténtica, compulsada
o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o del mencionado certificado.
g) Los nacionales de Estados europeos y distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia en vigor, que les habilite para residir y para
acceder sin limitaciones al mercado y así poder firmar el contrato.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/4
3. Solicitudes y documentación.
3.1. Presentación.
3.1.1. En el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en
el BOJA, las personas interesadas habrán de presentar solicitud en formato normalizado
(Anexo II) dirigida a el/la Sr/a. Rector/a Magfco/a. de la Universidad de Huelva, publicado
en la página web
https://www.uhu.es/ordenacion-academica/plazas-de-profesorado/plazas-personaldocente-investigador-contratado
debiendo presentarse una solicitud (Anexo II), por cada plaza a la que se desee
concursar, junto a copia acreditativa de los méritos alegados, en el Registro General de la
Universidad de Huelva (Dirección: Universidad de Huelva, C/ Doctor Cantero Cuadrado,
núm. 6, C.P. 21004 Huelva), sin perjuicio de la presentación de la solicitud de conformidad
con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten
a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y
selladas por el personal funcionario de correos antes de ser certificadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322990
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa (70 años). Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta
de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado.
Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de candidatas/os con títulos
de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de
la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesorado de
Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitada/o. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitada/o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
f) En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el que
la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento adecuado
del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada. A
tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba específica que lo
acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que estén en posesión
del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior) regulado por el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel avanzado o equivalente
en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal
efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar copia auténtica, compulsada
o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o del mencionado certificado.
g) Los nacionales de Estados europeos y distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia en vigor, que les habilite para residir y para
acceder sin limitaciones al mercado y así poder firmar el contrato.