Autoridades y personal. . (2025/126-21)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor al Profesorado Asociado/a, en ejecución del proceso de estabilización de Profesorado Asociado previsto en la disposición transitoria séptima de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
página 9392/3

I. FORMACIÓN ACADÉMICA
II. ACTIVIDAD DOCENTE
III. ACTIVIDAD INVESTIGADORA
III. EXPERIENCIA PROFESIONAL CON INTERÉS PARA LA DOCENCIA
V. MÉRITOS PREFERENTES:
1. Acreditación Ayudante Doctor
2. Estar desempeñado en la fecha de la publicación de la convocatoria el puesto de
profesorado asociado/a que promociona a Ayudante Dr. durante, al menos, cinco cursos
académicos de los últimos siete años

10 puntos
35 puntos
20 puntos
35 puntos
5 puntos
30% sobre la
puntuación
total obtenida

Cuarto. La puntuación máxima del baremo resultará de la suma de las puntuaciones
correspondientes a cada uno de los méritos del apartado indicado anteriormente,
valorados con referencia a la fecha de publicación de la convocatoria.
Quinto. El perfil se describirá, para los méritos docentes, por área de conocimiento/
especialidad, y, en relación con la experiencia profesional, se atenderá a la actividad
profesional con interés para la docencia.
Sexto. Aplicado el baremo, si alguna de las candidaturas a una plaza obtuviera
puntuación en exceso sobre los máximos establecidos en alguno de los apartados o
subapartados, se asignará la puntuación máxima.
En caso de empate de dos o más candidatos, se asignará la puntuación máxima a
quien obtuviese la más alta, escalándose proporcionalmente la valoración de las demás
candidaturas.

2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los/as aspirantes deberán haberse
adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso,
mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante
la totalidad del período de contratación.
2.1. Condiciones y requisitos de carácter general:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322990

Séptimo. Se considerarán los siguientes méritos preferentes:
1. Será mérito preferente, de acuerdo con la disposición transitoria tercera de la
LOSU, disponer de la acreditación vigente de Profesor/a Ayudante Doctor/a o de la figura
equivalente en la normativa autonómica. A la persona candidata que tenga la acreditación
de Ayudante Dr. se le añadirán 5 puntos para obtener la puntuación final.
Este mérito será aplicable, en tanto que medida temporal y a los efectos del acceso
a la figura de Profesor/a Ayudante Doctor/a, durante los cuatro años posteriores a la
aprobación de la LOSU.
2. Será mérito preferente, vinculado a una tasa de temporalidad superior al 20%, en
los términos de la disposición transitoria octava de la LOSU, el hecho de que la persona
candidata está ocupando, en la fecha de la publicación de la convocatoria, un puesto
de profesorado asociado/a en el área de conocimiento de la plaza que promociona a
Ayudante Dr. y esa situación se haya mantenido durante, al menos, cinco cursos
académicos, de los últimos siete años.
La aplicación de este mérito preferente supondrá que se incrementará en un 30% el
total de la puntuación obtenida por el/la candidato/a.
1.2. Naturaleza y régimen jurídico de los contratos.
1.2.1. Los contratos que suscriban los/as aspirantes que resulten seleccionados serán
de naturaleza laboral.
1.2.2. Los contratos de trabajo.