Autoridades y personal. . (2025/127-10)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se rectifican los errores materiales detectados en los listados definitivos de los procesos de certificación de Carrera Profesional aprobados mediante las siguientes resoluciones de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo Proceso de certificación de 2022; así como, Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado del Primer Proceso de 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9449/2
certificados, a excluir y a no certificar definitivo del Primer Proceso de certificación de
Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023; así como un listado de
desistimientos; un listado provisional de solicitudes que cambian de causa de exclusión o
no certificación, y un tercer listado de requerimiento de documentación.
Quinto. Con posterioridad a la publicación de los citados listados, se han advertido
diversos errores materiales, tanto en la consignación del nivel de carrera profesional
reconocido, como en el de la categoría profesional que correspondería; ambos cuales
han generado incidencias en el Módulo de Pago de Carrera Profesional que han impedido
el abono de la misma a varios profesionales, lo cual los ha puesto de manifiesto.
Además, también se ha detectado que, por error, dos profesionales están incluidos en
los Segundos Listados Definitivos cuando sus solicitudes ya habían sido resueltas en los
Primeros Listados Definitivos.
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema
Nacional de Salud, reconoce, por primera vez, el Desarrollo Profesional como uno de
los aspectos básicos para la modernización del Sistema Nacional de Salud, definiendo la
carrera profesional en su artículo 41, como el derecho de los profesionales a progresar,
de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a
conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación y cumplimiento de
los objetivos de la organización en la cual prestan sus servicios. El derecho al desarrollo
y carrera profesional del personal estatutario.
En su virtud, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de julio de 2006,
por el que se aprueba el Acuerdo de 16 de mayo de 2006, de la Mesa Sectorial de
Negociación de la Sanidad, sobre política de personal para el período 2006 a 2008, se
aprueba un modelo de Desarrollo y Carrera Profesional del personal del Servicio Andaluz
de Salud.
Tercero. Mediante Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, se regula el procedimiento de certificación de
los distintos niveles de carrera profesional y de promoción y de los niveles de carrera
profesional reconocidos para personal sanitario y de gestión y servicios (BOJA núm. 100,
de 27 de mayo), y se convoca, con carácter abierto y permanente, el proceso de acceso
al modelo de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud, y de promoción y
mantenimiento de niveles de Carrera Profesional reconocidos, para el personal sanitario
y de Gestión y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, se publica el baremo que regirá
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323048
Segundo. Mediante Acuerdo de 19 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18
de abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos: revisión del
modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen desarrollada,
subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del concepto retributivo
de continuidad asistencial en atención primaria para el personal médico (BOJA núm. 78,
de 26 de abril de 2022), se modifica sustancialmente el Acuerdo de 16 de mayo de 2006,
en tanto que extiende la carrera profesional a todas las categorías del Servicio Andaluz
de Salud, y procede a dar una novedosa redacción al Anexo V del anterior, que establece
y regula el modelo de carrera profesional, determinando su ámbito de aplicación, los
requisitos, la definición, niveles y proceso de ascenso del sistema de Carrera Profesional
del Servicio Andaluz de Salud.
BOJA
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9449/2
certificados, a excluir y a no certificar definitivo del Primer Proceso de certificación de
Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023; así como un listado de
desistimientos; un listado provisional de solicitudes que cambian de causa de exclusión o
no certificación, y un tercer listado de requerimiento de documentación.
Quinto. Con posterioridad a la publicación de los citados listados, se han advertido
diversos errores materiales, tanto en la consignación del nivel de carrera profesional
reconocido, como en el de la categoría profesional que correspondería; ambos cuales
han generado incidencias en el Módulo de Pago de Carrera Profesional que han impedido
el abono de la misma a varios profesionales, lo cual los ha puesto de manifiesto.
Además, también se ha detectado que, por error, dos profesionales están incluidos en
los Segundos Listados Definitivos cuando sus solicitudes ya habían sido resueltas en los
Primeros Listados Definitivos.
A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema
Nacional de Salud, reconoce, por primera vez, el Desarrollo Profesional como uno de
los aspectos básicos para la modernización del Sistema Nacional de Salud, definiendo la
carrera profesional en su artículo 41, como el derecho de los profesionales a progresar,
de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a
conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación y cumplimiento de
los objetivos de la organización en la cual prestan sus servicios. El derecho al desarrollo
y carrera profesional del personal estatutario.
En su virtud, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de julio de 2006,
por el que se aprueba el Acuerdo de 16 de mayo de 2006, de la Mesa Sectorial de
Negociación de la Sanidad, sobre política de personal para el período 2006 a 2008, se
aprueba un modelo de Desarrollo y Carrera Profesional del personal del Servicio Andaluz
de Salud.
Tercero. Mediante Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud, se regula el procedimiento de certificación de
los distintos niveles de carrera profesional y de promoción y de los niveles de carrera
profesional reconocidos para personal sanitario y de gestión y servicios (BOJA núm. 100,
de 27 de mayo), y se convoca, con carácter abierto y permanente, el proceso de acceso
al modelo de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud, y de promoción y
mantenimiento de niveles de Carrera Profesional reconocidos, para el personal sanitario
y de Gestión y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, se publica el baremo que regirá
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323048
Segundo. Mediante Acuerdo de 19 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el
que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18
de abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos: revisión del
modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen desarrollada,
subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del concepto retributivo
de continuidad asistencial en atención primaria para el personal médico (BOJA núm. 78,
de 26 de abril de 2022), se modifica sustancialmente el Acuerdo de 16 de mayo de 2006,
en tanto que extiende la carrera profesional a todas las categorías del Servicio Andaluz
de Salud, y procede a dar una novedosa redacción al Anexo V del anterior, que establece
y regula el modelo de carrera profesional, determinando su ámbito de aplicación, los
requisitos, la definición, niveles y proceso de ascenso del sistema de Carrera Profesional
del Servicio Andaluz de Salud.