Autoridades y personal. . (2025/127-10)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se rectifican los errores materiales detectados en los listados definitivos de los procesos de certificación de Carrera Profesional aprobados mediante las siguientes resoluciones de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo Proceso de certificación de 2022; así como, Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado del Primer Proceso de 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9449/3
en las convocatorias, se establece el plazo de presentación de solicitudes en cada
uno de los procesos de certificación semestrales, entre otras cuestiones relativas al
procedimiento de certificación.
Cuarto. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que las Administraciones
Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Por otra parte, el artículo 110 de la misma dispone que las facultades de revisión
no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido
o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al
derecho de los particulares o a las leyes.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, en uso
de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Consumo y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 28, de 11.8.2022),
esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Aprobar un listado de correcciones a los listados definitivos correspondientes
a los procesos de certificación aprobados mediante las siguientes Resoluciones de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de
agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo
Proceso de Certificación de 2022; Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado
del Primer Proceso de 2023, iniciados todos al amparo de la Resolución, de 23 de mayo
de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud por la que
se regula el procedimiento de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y
de promoción y de los niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario
y de Gestión y Servicios.
Segundo. Ordenar la publicación del citado listado de correcciones en la página web
del Servicio Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud, así
como la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las personas que figuran en dicho listado de correcciones podrán formular recurso
potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes
desde el día siguiente de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el
órgano jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00323048
Sevilla, 27 de junio de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9449/3
en las convocatorias, se establece el plazo de presentación de solicitudes en cada
uno de los procesos de certificación semestrales, entre otras cuestiones relativas al
procedimiento de certificación.
Cuarto. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que las Administraciones
Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Por otra parte, el artículo 110 de la misma dispone que las facultades de revisión
no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido
o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al
derecho de los particulares o a las leyes.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, en uso
de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Consumo y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 28, de 11.8.2022),
esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Aprobar un listado de correcciones a los listados definitivos correspondientes
a los procesos de certificación aprobados mediante las siguientes Resoluciones de la
Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de
agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo
Proceso de Certificación de 2022; Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado
del Primer Proceso de 2023, iniciados todos al amparo de la Resolución, de 23 de mayo
de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud por la que
se regula el procedimiento de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y
de promoción y de los niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario
y de Gestión y Servicios.
Segundo. Ordenar la publicación del citado listado de correcciones en la página web
del Servicio Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud, así
como la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
las personas que figuran en dicho listado de correcciones podrán formular recurso
potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes
desde el día siguiente de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el
órgano jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00323048
Sevilla, 27 de junio de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja