3. Otras disposiciones. . (2025/127-25)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria de la «Actuación T.5.a. Doctorado Industrial», del Plan Propio de Investigación y Transferencia del Conocimiento de la Universidad de Jaén 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 127 - Viernes, 4 de julio de 2025
página 9403/7

marco de los distintos planes de transferencia de esta Universidad, condición que será
valorada conforme a lo establecido en el artículo 11.
i) Declaración de interés por parte de la entidad externa que cofinanciará el contrato,
en la que conste de manera expresa el compromiso de cofinanciación del coste mínimo
previsto para el contrato (salario bruto y seguridad social) y de matrícula en los Programas
de Doctorado. Se podrá mencionar, además por parte de la entidad externa y se valorará
positivamente por parte de la Comisión de investigación, a la hora de adjudicar las ayudas
de la Actuación T.5.a, el hecho de que exista por parte de la entidad externa interés en
la estabilización de empleo del personal investigador, una vez haya obtenido el título de
doctor y finalice su contrato laboral financiado a través de esta actuación.
j) Firma de convenio (incluida en el formulario de solicitud). Compromiso de firma de
un Convenio de colaboración entre la Universidad de Jaén y la entidad externa, antes de
la fecha de incorporación del personal investigador en formación, de conformidad con el
Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la
expedición del Suplemento Europeo al Título Universitario de Doctor.
k) Diversidad funcional. Quienes participen en el turno de personas con diversidad
funcional deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento
acreditativo de un grado igual o superior al 33%. La no acreditación del grado de diversidad
funcional implicará la desestimación de la solicitud, que no podrá ser considerada para
el turno de acceso general. Quienes opten por participar por el turno de personas con
diversidad funcional no podrán cambiarse de turno una vez formulada dicha opción.

Artículo 11. Criterios de valoración.
1. La Comisión de Investigación, para la concesión de las ayudas, procederá a la
valoración de las solicitudes de la presente actuación, teniendo en consideración los
siguientes apartados:
a) Plan de trabajo. Se valorará, con un máximo de 8 puntos:
1. L
 a calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya realización
participará la persona propuesta (máximo 2 puntos).
2. L
 a claridad, originalidad y justificación de los objetivos o resultados esperados
(máximo 2 puntos).
3. La definición e idoneidad de la metodología y el plan de trabajo y su potencial
innovador (máximo 2 puntos).
4. L
 a distribución de actividades y tareas que hay previsto desarrollar, así
como manifestación expresa de interés por parte de la entidad externa en la
estabilización de empleo del personal seleccionado, una vez finalizada la ayuda
(máximo 2 puntos).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323002

Artículo 10. Comunicaciones a los/las solicitantes, formularios de solicitud y resolución
del procedimiento de concesión.
1. En virtud de lo previsto en el artículo 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la notificación a los interesados de los trámites de subsanación, listas de admitidos y
excluidos, resolución provisional de adjudicación y resolución definitiva de adjudicación
de las ayudas se realizarán mediante publicación en la página web:
https://www.ujaen.es/investigacion-y-transferencia/plan-propio-de-investigacion-ytransferencia-del-conocimiento-2025/uja-transfiere/actuacion-t5a
y en el Tablón Digital de la Universidad de Jaén, surtiendo todos los efectos de notificación
practicada a los/as interesados/as. Asimismo, en esta dirección, se podrán descargar los
correspondientes formularios de solicitud.
2. La resolución del procedimiento por parte del Vicerrector/a competente en materia
de Transferencia del Conocimiento, tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses a
contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Asimismo, las
distintas resoluciones inherentes al procedimiento incluirán el plazo de presentación de
alegaciones o los recursos a interponer por parte de los interesados.