Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01857/2025)
Aprobación del Plan local de activación del empleo para el periodo de 2025-2026
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 1857/2025
III. Obligatoriamente, las bases también se pronunciarán sobre el procedimiento de selección de las personas candidatas
preseleccionados por el SEXPE, de conformidad con lo indicado en el apartado sexto del Programa de Colaboración
Económica Municipal, pudiendo ser las siguientes:
Se realizará prueba de conocimiento teórico y/o práctico selectiva y excluyente de mayor adecuación al puesto, a los efectos
de declarar apto o no apto. En este caso, deberá mencionarse la fecha de la prueba, la constitución de un tribunal, así como
los contenidos de evaluación. En cualquier caso, se respetará el orden de grupo preferente en la selección de los aspirantes
considerados como aptos, manteniendo el orden de candidatos fijado por el Centro de Empleo en su preselección.
IV. Una vez aprobadas las bases reguladoras para cada oferta de trabajo, se publicará un anuncio en el tablón de edictos del
Ayuntamiento, con sede en https://sede.villanuevadelaserena.es/portal/noEstatica.do?opc_id=268&ent_id=1&idioma=1y se
realizará oferta de empleo al Centro de Empleo del SEXPE en Villanueva de la Serena, indicando por escrito el tipo de
contrato, su duración y la jornada laboral. Igualmente se comunicará la realización o no de prueba selectiva y excluyente de
mayor adecuación al puesto.
Se solicitará al Centro de Empleo comuniquen personalmente a cada demandante de empleo su inclusión en la
preselección, de tal manera que se favorezca la labor de publicidad de la convocatoria.
V. El Centro de Empleo del SEXPE presentará al Ayuntamiento el resultado de la preselección efectuada remitiendo un
listado ordenado conforme a los grupos de preferencia indicados, de tantos demandantes por puesto de trabajo como se
hayan solicitado.
El resultado de la preselección será objeto de publicación, pudiendo las personas interesadas alegar lo que estimen
oportuno durante un plazo de 2 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
En el supuesto de que en el Centro de Empleo de Villanueva de la Serena no se encuentren personas demandantes de
empleo inscritas con el perfil requerido por la entidad local, a instancia de ésta podrán participar candidatos inscritos en
otros Centros de Empleo que dispongan del perfil profesional demandado.
VI. Finalizado el plazo de alegaciones, el Centro de Empleo del SEXPE remitirá al Ayuntamiento el resultado de la
preselección definitiva, que será objeto de publicación en tablón de anuncios de la entidad, junto con la fecha de realización
de la prueba selectiva, según el criterio determinado en las bases.
La participación por parte de la persona aspirante en la prueba de conocimiento teórico y/o práctico selectiva conlleva la
aceptación íntegra del contenido de las bases, comprometiéndose al cumplimiento estricto de las mismas.
El acta del Tribunal de Selección se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, otorgando un plazo de dos días
hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el tablón de edictos, para la presentación de alegaciones.
VII. Teniendo en cuenta el resultado de la prueba selectiva y finalizado el plazo de alegaciones, se resolverá el
procedimiento.
Si el procedimiento de selección finaliza con resolución que declare desierto un puesto determinado, por no haber personas
preseleccionadas o por no haber superado el proceso selectivo ningún/a aspirante, podrá iniciarse nuevo procedimiento
para otro puesto, siempre y cuando se respete la duración y porcentaje de jornada del perfil declarado desierto, conforme a
lo indicado en el apartado cuarto del presente documento.
VIII. Las personas aspirantes seleccionadas para formalizar contrato deberán presentar, en el plazo que se otorgue, la
siguiente documentación de identificación y acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria:
- Copia del DNI o NIE.
- Copia de la tarjeta de seguridad social.
- Alta a terceros.
- En su caso, copia del título o certificado del curso o capacitación profesional exigida en la convocatoria.
- En su caso, copia del carnet de conducir o de cualquier otro carnet habilitante.
- En su caso, certificado de reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33%.
La resolución del procedimiento indicará el plazo de la formalización del contrato y la fecha de incorporación al puesto de
trabajo. Igualmente podrá agregar un listado de personas aspirantes que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, no
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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III. Obligatoriamente, las bases también se pronunciarán sobre el procedimiento de selección de las personas candidatas
preseleccionados por el SEXPE, de conformidad con lo indicado en el apartado sexto del Programa de Colaboración
Económica Municipal, pudiendo ser las siguientes:
Se realizará prueba de conocimiento teórico y/o práctico selectiva y excluyente de mayor adecuación al puesto, a los efectos
de declarar apto o no apto. En este caso, deberá mencionarse la fecha de la prueba, la constitución de un tribunal, así como
los contenidos de evaluación. En cualquier caso, se respetará el orden de grupo preferente en la selección de los aspirantes
considerados como aptos, manteniendo el orden de candidatos fijado por el Centro de Empleo en su preselección.
IV. Una vez aprobadas las bases reguladoras para cada oferta de trabajo, se publicará un anuncio en el tablón de edictos del
Ayuntamiento, con sede en https://sede.villanuevadelaserena.es/portal/noEstatica.do?opc_id=268&ent_id=1&idioma=1y se
realizará oferta de empleo al Centro de Empleo del SEXPE en Villanueva de la Serena, indicando por escrito el tipo de
contrato, su duración y la jornada laboral. Igualmente se comunicará la realización o no de prueba selectiva y excluyente de
mayor adecuación al puesto.
Se solicitará al Centro de Empleo comuniquen personalmente a cada demandante de empleo su inclusión en la
preselección, de tal manera que se favorezca la labor de publicidad de la convocatoria.
V. El Centro de Empleo del SEXPE presentará al Ayuntamiento el resultado de la preselección efectuada remitiendo un
listado ordenado conforme a los grupos de preferencia indicados, de tantos demandantes por puesto de trabajo como se
hayan solicitado.
El resultado de la preselección será objeto de publicación, pudiendo las personas interesadas alegar lo que estimen
oportuno durante un plazo de 2 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
En el supuesto de que en el Centro de Empleo de Villanueva de la Serena no se encuentren personas demandantes de
empleo inscritas con el perfil requerido por la entidad local, a instancia de ésta podrán participar candidatos inscritos en
otros Centros de Empleo que dispongan del perfil profesional demandado.
VI. Finalizado el plazo de alegaciones, el Centro de Empleo del SEXPE remitirá al Ayuntamiento el resultado de la
preselección definitiva, que será objeto de publicación en tablón de anuncios de la entidad, junto con la fecha de realización
de la prueba selectiva, según el criterio determinado en las bases.
La participación por parte de la persona aspirante en la prueba de conocimiento teórico y/o práctico selectiva conlleva la
aceptación íntegra del contenido de las bases, comprometiéndose al cumplimiento estricto de las mismas.
El acta del Tribunal de Selección se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, otorgando un plazo de dos días
hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el tablón de edictos, para la presentación de alegaciones.
VII. Teniendo en cuenta el resultado de la prueba selectiva y finalizado el plazo de alegaciones, se resolverá el
procedimiento.
Si el procedimiento de selección finaliza con resolución que declare desierto un puesto determinado, por no haber personas
preseleccionadas o por no haber superado el proceso selectivo ningún/a aspirante, podrá iniciarse nuevo procedimiento
para otro puesto, siempre y cuando se respete la duración y porcentaje de jornada del perfil declarado desierto, conforme a
lo indicado en el apartado cuarto del presente documento.
VIII. Las personas aspirantes seleccionadas para formalizar contrato deberán presentar, en el plazo que se otorgue, la
siguiente documentación de identificación y acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria:
- Copia del DNI o NIE.
- Copia de la tarjeta de seguridad social.
- Alta a terceros.
- En su caso, copia del título o certificado del curso o capacitación profesional exigida en la convocatoria.
- En su caso, copia del carnet de conducir o de cualquier otro carnet habilitante.
- En su caso, certificado de reconocimiento de discapacidad igual o superior al 33%.
La resolución del procedimiento indicará el plazo de la formalización del contrato y la fecha de incorporación al puesto de
trabajo. Igualmente podrá agregar un listado de personas aspirantes que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, no
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