Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (01848/2025)
Extracto de bases y convocatoria para subvenciones de 2025 destinadas al mantenimiento de proyectos de vida independiente y asistencia personal para personas con discapacidad
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Ayuntamiento de Mérida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 1848/2025
Extracto de bases y convocatoria para subvenciones de 2025 destinadas al mantenimiento de proyectos de vida
independiente y asistencia personal para personas con discapacidad

PROYECTOS DE VIDA INDEPENDIENTE Y ASISTENCIA PERSONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
BDNS (identif.): 832502
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/832502).
Primero.- Objeto y finalidad de las subvenciones.
Constituye el objeto de estas bases reguladoras el establecimiento del marco para la concesión de subvenciones para
aquellos proyectos que promuevan, desarrollen y/o mantengan viviendas y actuaciones dirigidas a procurar una vida
autónoma a personas con diversidad funcional intelectual o enfermedad mental, promocionándoles los apoyos necesarios y
suficientes con la finalidad de que puedan desarrollar un proyecto independiente de vida, de manera que estas personas
puedan decidir sobre su propia existencia y participar activamente en la vida de su comunidad, facilitándoles el libre
desarrollo de la personalidad.
Para ello se establecen dos líneas de subvención dotadas, cada una de ellas con 25.000,00 €:
Línea 1: Destinada presentar proyectos de viviendas, ocio o cualquier otra propuesta cuyo fin sea la
participación social y la mejora de la autonomía personal.
Línea 2: Destinada a la puesta en marcha o mantenimientos de proyectos que incluyan la figura de la
asistencia personal.
Segundo.- Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria es de 50.000,00 €, es decir; 25.000,00 €
destinados a la línea 1 y otros 25.000,00 € destinados a la línea 2, e irán imputados a los créditos presupuestarios
consignados en los presupuestos generales del Ayuntamiento de Mérida.
Tercero.- Beneficiarios. Requisitos.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que, teniendo su sede social en
Mérida y desarrollando sus actividades en dicho término municipal, contemplen entre sus objetivos proporcionar los
apoyos necesarios para la inclusión de personas con discapacidad.
Estas asociaciones y entidades en general deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura,
así como en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Mérida.
Cuarto.- Régimen.
El régimen de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva mediante los procedimientos de selección
que se indican en estas bases reguladoras y las correspondientes convocatorias.
El órgano competente para convocar las subvenciones es la Junta de Gobierno Local, siendo la convocatoria publicada en la
web municipal y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Quinto.- Plazo Solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será como máximo de 15 días naturales desde que se publique la
convocatoria correspondiente. De igual forma, el periodo subvencionable se señalará en la convocatoria. La solicitud se
formalizará en conforme al anexo I de estas bases, que podrán presentarse en el Registro General de Ayuntamiento, o bien,
una vez que esté disponible, telemáticamente a través de la plataforma que al efecto disponga el Excmo. Ayuntamiento de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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