Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01873/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de cuatro plazas como personal funcionario/a, de Portero/a-Ordenanza
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 1873/2025

establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y,
una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de
la persona con discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones
de igualdad con el resto de las personas aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las funciones públicas,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.
En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitada/o o en situación equivalente ni
haber sido sometida/o a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, de certificado de escolaridad o equivalente. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación o equivalencia en su caso.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere
la base cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de
nombramiento de empleada/o pública/o.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Tasas.
Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán abonar una tasa de examen
por el importe que proceda, en función de la situación que acredite la persona aspirante según
la tabla explicativa que se indica en este apartado.
Exenciones y bonificaciones.
- Estarán exentas del pago de esta tasa quienes formen parte de familias numerosas que
tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría especial".
- También estarán exentas las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo,
cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijas e hijos, debiendo acompañar a la solicitud
certificado acreditativo de tal condición.
- Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen
parte de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría
general".
Estas exenciones y bonificaciones deberán ser rogadas por la persona aspirante, indicándolo en su solicitud,
acompañando a la misma copia de la documentación requerida.

Tasa derecho examen subgrupo AP

Tarifa general

Familia numerosa "categoría general" (bonificación 50%)

Tarifa desempleada/o

15,13 €

7,56 €

7,56 €

3,78 €

Familia numerosa "categoría especial"

Exentas

Víctima del terrorismo

Exentas

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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