Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. (01910/2025)
Aprobación provisional del Reglamento municipal de la agrupación local de voluntarios de protección civil de Orellana la Vieja
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Orellana la Vieja
Anuncio 1910/2025
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) Estar en posesión del permiso de conducir clase B, en vigor.
c) Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
Artículo 27. Jefe de grupo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de contraprestación,
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 150 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
e) Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será, cuando existan más de dos equipos en un operativo, el Jefe de equipo con mayor antigüedad que
cumpla los requisitos anteriores, en el puesto de Jefe de equipo.
Artículo 28. Jefe de equipo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de contraprestación,
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para ocupar este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 100 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
Artículo 29. Voluntario en prácticas.
Es toda aquella persona que, cumpliendo con los requisitos exigidos para su ingreso en la agrupación y superar o estar en
proceso de formación básica en su primer nivel las pruebas médicas y psicotécnicas, si proceden, establecidas por el
Ayuntamiento de Orellana la Vieja, debe realizar con aprovechamiento un período de prácticas de un año.
A todos los efectos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los voluntarios operativos salvo las opciones de mando
y dirección de personal.
Todo aquel voluntario en prácticas mayor de edad que reúna las características técnicas imprescindibles y esté en posesión
de la titulación requerida, en su caso, podrá actuar en casos de extrema gravedad y urgencia, siempre y cuando vaya
acompañado de al menos un voluntario operativo.
Artículo 30. Voluntario operativo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 24
Anuncio 1910/2025
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) Estar en posesión del permiso de conducir clase B, en vigor.
c) Acreditar los tres niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
Artículo 27. Jefe de grupo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de contraprestación,
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para acceder a este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 150 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
e) Acreditar los dos niveles de las acciones formativas básicas para voluntarios de protección civil específicas,
incluidas en el Plan de formación para voluntarios de protección civil de la Junta de Extremadura.
3.- El Jefe de grupo será, cuando existan más de dos equipos en un operativo, el Jefe de equipo con mayor antigüedad que
cumpla los requisitos anteriores, en el puesto de Jefe de equipo.
Artículo 28. Jefe de equipo.
1.- Este es un puesto dentro de la organización del voluntariado y por tanto sin derecho a ningún tipo de contraprestación,
ni económica ni de otro tipo.
2.- Los requisitos para ocupar este puesto serán preferentemente los siguientes:
a) Pertenecer a la agrupación de voluntarios desde, al menos, dos años.
b) No haber sido expedientado dentro de la agrupación de voluntarios.
c) Haber realizado un mínimo de 100 horas de servicios.
d) Estar en posesión del permiso de conducir clase B en vigor.
Artículo 29. Voluntario en prácticas.
Es toda aquella persona que, cumpliendo con los requisitos exigidos para su ingreso en la agrupación y superar o estar en
proceso de formación básica en su primer nivel las pruebas médicas y psicotécnicas, si proceden, establecidas por el
Ayuntamiento de Orellana la Vieja, debe realizar con aprovechamiento un período de prácticas de un año.
A todos los efectos, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los voluntarios operativos salvo las opciones de mando
y dirección de personal.
Todo aquel voluntario en prácticas mayor de edad que reúna las características técnicas imprescindibles y esté en posesión
de la titulación requerida, en su caso, podrá actuar en casos de extrema gravedad y urgencia, siempre y cuando vaya
acompañado de al menos un voluntario operativo.
Artículo 30. Voluntario operativo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 13 de 24