Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahillones. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02318/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos
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Ayuntamiento de Ahillones

Anuncio 2318/2025

personales del tenedor, las características del animal que hagan posible su identificación y el lugar habitual de residencia del
mismo, especificando si está destinado a convivir con los seres humanos o si por el contrario tiene finalidades distintas
como la guarda, protección u otra que se dedique.
Los animales de compañía se identificarán individualmente, por un veterinario o veterinaria habilitada, mediante un sistema
y un procedimiento que se desarrollará reglamentariamente, en función de lo que se establezca para cada especie. La
identificación inicial de los animales sólo podrá realizarse a nombre de una persona criadora registrada, entidad de
protección animal o Administración Pública autorizados, pudiendo realizarse una transmisión posterior a otras personas
físicas o jurídicas en los términos contemplados en la ley.
Sin perjuicio de lo anterior, serán obligatoriamente objeto de identificación, mediante microchip, los perros, gatos y hurones,
así como las aves, que serán identificadas mediante anillado desde su nacimiento. La inscripción de todos los animales de
compañía se realizará en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma.
Los animales de compañía que se determinen reglamentariamente y en todo caso perros, gatos y hurones que se utilicen
como reproductores por parte de una persona criadora registrada, deberán figurar inscritos como ejemplares
reproductores en el Registro de Animales de Compañía.
4. Los perros, gatos y hurones procedentes de otros países de la Unión Europea deberán mantener el pasaporte original que
recoja su código de identificación, no pudiendo sustituirse este pasaporte por otra documentación acreditativa de
identificación, sin perjuicio de la obligatoriedad de inscripción en el Registro de Animales de Compañía, en el mismo
momento de su adquisición con los datos de la persona que se hace cargo de ellos.
Todo perro, en el plazo máximo de tres meses contado a partir de la fecha de nacimiento, o en su caso, un mes después de
su adquisición. El animal deberá llevar necesariamente su identificación censal de forma permanente.
Este censo canino estará a disposición de la autoridad regional competente, de conformidad con el artículo 17 de la Ley
5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad de Extremadura.
Los propietarios están obligados a comunicar al Ayuntamiento respectivo la cesión, venta, muerte o extravío del animal en el
plazo de cinco días, indicando su identificación.
Si en el momento de adquirir el animal éste ya estuviera censado por su anterior propietario, el nuevo propietario deberá
comunicar al Ayuntamiento, en el plazo máximo de un mes desde su adquisición, el cambio de titularidad del animal.
DISPOSICION TRANSITORIA.El plazo del que disponen los actuales tenedores, propietarios, criadores de animales potencialmente peligrosos para
solicitar la licencia o licencias a que se refiere la presente Ordenanza es de dos meses, a contar desde la entrada en vigor de
la misma.
DISPOSICIÓN FINAL.La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de
conformidad con los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.»
En Ahillones, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María del Rosario González Andrés.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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