Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (02385/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad como personal funcionario, mediante concurso-oposición, de una (1) plaza de Arquitecto/a Técnico/a
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Ayuntamiento de Campanario
Anuncio 2385/2025
el último ejercicio de la oposición y comprenderá a los/las aspirantes que hayan superado el mismo.
Segunda.- Condiciones de admisión de los/las aspirantes.
2.1.- Para formar parte en el proceso de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el
artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con
los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitado
que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de
tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones
en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. En todo caso, las
pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los/las aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización de presentación de
las instancias, el título universitario de Grado en Ingeniería de la Edificación, Aparejador/a,
Arquitecto/a Técnico/a o del Grado correspondiente o título que habilite para el ejercicio de
esta profesión regulada. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
f) Estar en posesión y que se encuentre en vigor el premiso de conducir de la clase B.
2.2.- Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo y durante el período de
nombramiento de empleado/a público.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los/las
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza
que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el registro electrónico
general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo quienes
deseen presentar la documentación de manera electrónica lo podrán hacer en la sede electrónica municipal
https://campanario.sedelectronica.es.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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el último ejercicio de la oposición y comprenderá a los/las aspirantes que hayan superado el mismo.
Segunda.- Condiciones de admisión de los/las aspirantes.
2.1.- Para formar parte en el proceso de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el
artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo
establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con
los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones personales de
aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitado
que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de
tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones
en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. En todo caso, las
pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los/las aspirantes.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa. Solo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización de presentación de
las instancias, el título universitario de Grado en Ingeniería de la Edificación, Aparejador/a,
Arquitecto/a Técnico/a o del Grado correspondiente o título que habilite para el ejercicio de
esta profesión regulada. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
f) Estar en posesión y que se encuentre en vigor el premiso de conducir de la clase B.
2.2.- Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo y durante el período de
nombramiento de empleado/a público.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
3.1.- Las solicitudes para tomar parte en el correspondiente proceso de selección, en las que los/las
aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza
que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el registro electrónico
general de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo quienes
deseen presentar la documentación de manera electrónica lo podrán hacer en la sede electrónica municipal
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