Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (02617/2025)
Bases y convocatoria para la cobertura en propiedad de una (1) plaza de Socorrista-Monitor de Natación, mediante el sistema de oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2617/2025
e) El apartado de "Interacción y gestión del grupo", supondrá como máximo el
25% de la puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: La
relación pedagógica y el control del grupo desde el punto de vista de la
seguridad del mismo.
f) El apartado de "Evaluación y seguimiento", supondrá como máximo el 5% de la
puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: Los
instrumentos de evaluación, la coherencia de la evaluación con los objetivos y el
seguimiento del progreso.
g) El apartado de "Actitud y profesionalidad", supondrá como máximo el 5% de la
puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: La implicación
y responsabilidad y la resolución de imprevistos.
La calificación total de la prueba será de 0 a 10 puntos, conforme a las valoraciones descritas
anteriormente, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlas.
La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel,
siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior al 20% de las
puntuaciones de cada ítems o apartado, de los descritos a anteriormente, o de la puntuación
total de cada prueba.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las
personas que lo han superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Décima.- Calificación definitiva del proceso selectivo y relación de aprobados.
10.ª.1.- Calificación definitiva: La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las
puntuaciones alcanzadas, por los aspirantes declarados aptos en cada una de las pruebas, determinándose el
orden de la clasificación definitiva.
En caso de empate el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido
en la tercera prueba, de persistir, se atenderá al aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en la segunda prueba y, de seguir persistiendo el empate se optará, de entre estos
aspirantes, por el que menos preguntas haya contestado erróneamente en la primera prueba y
de seguir persistiendo se recurrirá a quienes menos preguntas hayan quedado sin contestar en
esa prueba.
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar
el número de aprobados el de las plazas convocadas, que es de una, siendo nulos de pleno
derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
Con el fin de asegurar la cobertura de esta plaza, cuando se produzca renuncia del aspirante
seleccionado antes de su nombramiento, la Alcaldía requerirá del órgano de selección relación
complementaria de los aspirantes aprobados que sigan al propuesto, para su posible
nombramiento.
10.ª.2.- Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá al aspirante seleccionado, por orden de puntuación, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde
Presidente formulando la propuesta de nombramiento para adquirir la condición de personal laboral fijo.
En el caso de que no hubieran superado la totalidad de los ejercicios ninguna persona
aspirante, el Tribunal declarará desierta la plaza.
Undécima.- Presentación de documentos y nombramientos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) El apartado de "Interacción y gestión del grupo", supondrá como máximo el
25% de la puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: La
relación pedagógica y el control del grupo desde el punto de vista de la
seguridad del mismo.
f) El apartado de "Evaluación y seguimiento", supondrá como máximo el 5% de la
puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: Los
instrumentos de evaluación, la coherencia de la evaluación con los objetivos y el
seguimiento del progreso.
g) El apartado de "Actitud y profesionalidad", supondrá como máximo el 5% de la
puntuación total obtenida en esta prueba, teniéndose en cuenta: La implicación
y responsabilidad y la resolución de imprevistos.
La calificación total de la prueba será de 0 a 10 puntos, conforme a las valoraciones descritas
anteriormente, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlas.
La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los
distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel,
siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose, en todo caso, las puntuaciones
máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior al 20% de las
puntuaciones de cada ítems o apartado, de los descritos a anteriormente, o de la puntuación
total de cada prueba.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las
personas que lo han superado, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días
hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Décima.- Calificación definitiva del proceso selectivo y relación de aprobados.
10.ª.1.- Calificación definitiva: La calificación definitiva de la fase de oposición será la media aritmética de las
puntuaciones alcanzadas, por los aspirantes declarados aptos en cada una de las pruebas, determinándose el
orden de la clasificación definitiva.
En caso de empate el Tribunal seleccionará al aspirante que mayor puntuación haya obtenido
en la tercera prueba, de persistir, se atenderá al aspirante que mayor puntuación haya
obtenido en la segunda prueba y, de seguir persistiendo el empate se optará, de entre estos
aspirantes, por el que menos preguntas haya contestado erróneamente en la primera prueba y
de seguir persistiendo se recurrirá a quienes menos preguntas hayan quedado sin contestar en
esa prueba.
Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar
el número de aprobados el de las plazas convocadas, que es de una, siendo nulos de pleno
derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
Con el fin de asegurar la cobertura de esta plaza, cuando se produzca renuncia del aspirante
seleccionado antes de su nombramiento, la Alcaldía requerirá del órgano de selección relación
complementaria de los aspirantes aprobados que sigan al propuesto, para su posible
nombramiento.
10.ª.2.- Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá al aspirante seleccionado, por orden de puntuación, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde
Presidente formulando la propuesta de nombramiento para adquirir la condición de personal laboral fijo.
En el caso de que no hubieran superado la totalidad de los ejercicios ninguna persona
aspirante, el Tribunal declarará desierta la plaza.
Undécima.- Presentación de documentos y nombramientos.
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