Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (02617/2025)
Bases y convocatoria para la cobertura en propiedad de una (1) plaza de Socorrista-Monitor de Natación, mediante el sistema de oposición libre
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Ayuntamiento de Almendralejo

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(BOP en adelante). El anuncio de la convocatoria también se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes,
pudiendo demandar su modificación dentro del plazo establecido de presentación de
solicitudes, mediante escrito motivado, transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna
petición de esta naturaleza.
3.ª.5.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 9,02 euros conforme dispone la vigente
Ordenanza fiscal número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del
proceso selectivo no abonar los derechos de examen en el plazo previsto para la presentación
de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.
4.ª.1.- Lista provisional de personas admitidas: Expirado el plazo de presentación de instancias, la AlcaldíaPresidencia dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación
alfabética de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión de éstos. Si no existiesen
reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
4.ª.2.- Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciese de algún defecto se requerirá
a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de la
resolución en el BOP, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que,
de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será excluida de la lista de aspirantes admitidas.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o
rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta,
asimismo, en la forma indicada anteriormente.
4.ª.3.- Lista definitiva de personas admitidas: Finalizado este plazo, en el término de 15 días hábiles desde que
finalice el plazo de subsanación, se publicará en el BOP resolución elevando a definitiva la lista provisional de
personas aspirantes admitidos y excluidos, a través de la que se entenderán contestadas las subsanaciones o
reclamaciones de haberlas.
El hecho de figurar en la lista de admitidos, no prejuzga que se les reconozca a las personas
interesadas la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento. Cuando de la
documentación que debe presentarse, tras la superación del proceso selectivo, se desprenda
que no posee alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los
derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Contra las resoluciones a que se refiere la presente base, así como contra aquellas otras que
resuelvan la subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo conforme a la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Quinta.- Tribunal Calificador.
5.ª.1.- Composición del Tribunal: Estará integrado por cinco miembros. Constará de una Presidencia, una
Secretaría y tres vocalías, con sus respectivas suplencias, tendiéndose a la paridad entre mujer y hombre,
observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. Su composición será
predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al
exigido para el ingreso en la categoría profesional de que se trate y deberán pertenecer a un grupo de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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