Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Igualdad (Badajoz). (02617/2025)
Bases y convocatoria para la cobertura en propiedad de una (1) plaza de Socorrista-Monitor de Natación, mediante el sistema de oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2617/2025
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3.ª.1.- Instancias. Las instancias para solicitar tomar parte en el proceso selectivo serán cumplimentadas,
preferentemente, a través de la solicitud de participación en procesos selectivos habilitada en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
En caso de no estar obligado a presentar la solicitud por medio electrónico y no desear hacerlo
por este medio, las personas aspirantes deberán manifestar, en sus instancias, que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos recogidos en la base segunda,
como se recoge en el modelo recogido en el anexo I de esta convocatoria, a estos efectos en la
página web www.almendralejo.es, estará disponible un modelo de instancia. Una vez
cumplimentada deberán presentar su solicitud conforme disponen el apartado 3.ª.3 de estas
bases.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar el
comprobante o justificante del ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a instancia de parte interesada.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información o la no
presentación de la declaración o de la documentación que sea en su caso requerida para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la exclusión del aspirante, sin perjuicio
de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
3.ª.2.- Personas con discapacidad: Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en su instancia las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo,
en los términos recogidos en la base 6.ª.2 de estas bases.
Para ello, junto con la instancia, los interesados deberán presentar copia del dictamen técnico
facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, en el que
quede acreditado de forma fehaciente las circunstancias permanentes que hayan dado origen
al grado de discapacidad reconocido sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro
documento. Asimismo, deberán indicar, expresamente en la instancia, las adaptaciones de
tiempos y medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo.
3.ª.3.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias que no se presente por sede electrónica, conforme
al apartado 3.ª.1 anterior, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o
conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho
artículo, se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser
certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderán
que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha en la
que fueron entregadas en Correos.
3.ª.4.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
3.ª.1.- Instancias. Las instancias para solicitar tomar parte en el proceso selectivo serán cumplimentadas,
preferentemente, a través de la solicitud de participación en procesos selectivos habilitada en la sede
electrónica de este Ayuntamiento.
En caso de no estar obligado a presentar la solicitud por medio electrónico y no desear hacerlo
por este medio, las personas aspirantes deberán manifestar, en sus instancias, que reúnen
todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos recogidos en la base segunda,
como se recoge en el modelo recogido en el anexo I de esta convocatoria, a estos efectos en la
página web www.almendralejo.es, estará disponible un modelo de instancia. Una vez
cumplimentada deberán presentar su solicitud conforme disponen el apartado 3.ª.3 de estas
bases.
Junto a la instancia, solicitando tomar parte en la selección, el aspirante deberá acompañar el
comprobante o justificante del ingreso efectuado en concepto de derechos de examen.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento,
de oficio o a instancia de parte interesada.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información o la no
presentación de la declaración o de la documentación que sea en su caso requerida para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la exclusión del aspirante, sin perjuicio
de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
3.ª.2.- Personas con discapacidad: Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir en su instancia las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo,
en los términos recogidos en la base 6.ª.2 de estas bases.
Para ello, junto con la instancia, los interesados deberán presentar copia del dictamen técnico
facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, en el que
quede acreditado de forma fehaciente las circunstancias permanentes que hayan dado origen
al grado de discapacidad reconocido sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro
documento. Asimismo, deberán indicar, expresamente en la instancia, las adaptaciones de
tiempos y medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo.
3.ª.3.- Lugar de presentación de instancias: Las instancias que no se presente por sede electrónica, conforme
al apartado 3.ª.1 anterior, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o
conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en este caso la parte interesada deberá adelantar,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud que se presente a través de
estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en dicho
artículo, se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por Correos antes de ser
certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderán
que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha en la
que fueron entregadas en Correos.
3.ª.4.- Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de veinte días hábiles a contar del
siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
una vez que se hubiesen publicado íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz
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