Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo Provincial de Protección de la Legalidad Urbanística (RESTAURA) (Badajoz). (02596/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, como personal directivo profesional, del puesto de Gerente del Organismo Autónomo Provincial de Protección de la Legalidad Urbanística
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Organismo Autónomo Provincial de Protección de la Legalidad Urbanística (RESTAURA)

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- Por causas disciplinarias.
- Por renuncia.
- Por no superar la correspondiente evaluación del desempeño, no cumpliendo los objetivos
marcados en los correspondientes planes de actuación del área.

Novena.En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local, la Ley 13/2015, de 8 de abril de Función Pública de Extremadura y el Reglamento Orgánico
Provincial de la Diputación de Badajoz.
Décima.La presentación de la solicitud de participación llevará aparejada la aceptación integras de esta bases.
Undécima.Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse por la/s
persona/s interesada/s legitimada/s uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Badajoz que corresponda, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por la/s persona/s
interesada/s los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Lo mandó por delegación y firma el Sr. Diputado Delegado del Organismo Autónomo de Protección de la legalidad.- El
Presidente.- P.D. Sr. Diputado Delegado del Organismo Autónomo de Protección de la legalidad- Decreto 07/06/25 (BOP
09/06/25)- Firmado digitalmente.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo
de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1988 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer
cualquier otro que se estime pertinente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Oficial Mayor, Secretaria del Organismo Autónomo-RESTAURA, Fernanda Rubio
Cortés.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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