Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02724/2025)
Bases para la provisión por el sistema de libre designación del puesto de Jefatura de la Policía Local
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

Anuncio 2724/2025

considerarán los canales de comunicación a efectos de notificaciones, así como de contestaciones a recursos y/o
reclamaciones.
Todas las personas solicitantes de esta convocatoria, notificarán cualquier cambio en la dirección de correo electrónico,
número de teléfonos o en las direcciones del domicilio, siendo estos cambios actualizados en la plataforma de ofertas de
empleo público.
Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos podrán ponerlo de
manifiesto en el mismo plazo, exclusivamente a través de la sede electrónica.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento a efectos de cómputo de plazos y que regirá la fecha de publicación del correspondiente anuncio en dicha
plataforma. Las publicaciones realizadas en la web se utilizará únicamente como medio de información y difusión, sin
validez administrativa para cómputo de plazos.
Quinta.- Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de 5 días hábiles, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este
Ayuntamiento y se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
En caso de que sea necesario, se nombrará la Comisión de Valoración y publicación de las fechas del proceso de valoración.
La comisión de selección estará compuesta por tres funcionarios/as o personal laboral fijo que tendrán como mínimo el
subgrupo profesional C1.
La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones,
criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso de selección en aquellos aspectos no previstos en estas
bases, si bien, en todo caso de conformidad a la legislación vigente. La Comisión de Valoración, podrá requerir la presencia
de personas técnicas en la materia, sólo a efectos de asesoramiento.
Para la selección de esta provisión de la Jefatura de la Policía Local, no es obligatorio la publicación de baremo alguno. La
libre designación consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente, en este caso de la Sra. Alcaldesa.
Sexta.- Nombramiento, toma de posesión y cese.
El nombramiento se realizará por resolución de la Alcaldía, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad,
objetividad y publicidad, en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más. La resolución de nombramiento se motivará con referencia al
cumplimiento por parte de la persona aspirante seleccionada de los requisitos y especificaciones exigidos en la
convocatoria.
El nombramiento recaerá en el candidato que, reuniendo los requisitos exigidos en las presentes bases y convocatoria, sea
elegido discrecionalmente para ocupar el puesto requerido, pudiendo quedar desierta la convocatoria si ningún aspirante es
elegido.
La resolución de nombramiento indicará el plazo en que deberá efectuarse el cese en el actual puesto de trabajo y la toma
de posesión del destino adjudicado, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio
de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia
en la sede electrónica de este Ayuntamiento. Si el nombramiento comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma
de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Si el nombramiento comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha
publicación.
El aspirante nombrado podrá ser cesado y removido de sus funciones con carácter discrecional por el órgano que lo
nombró.
Séptima.- Normativa aplicable.
Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación la Ley 7/2017, de 1
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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