Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02728/2025)
Bases de convocatoria para la provisión del puesto número 1052/1, perteneciente a la relación de puestos de trabajo de personal laboral de IFEBA, por sistema de concurso
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 2728/2025
puesto al que se concursa, dentro de la misma sección y, en defecto de esta, servicio.
3) Formación continua, incluida en planes de formación continua, relacionada con el puesto de
trabajo al que se concursa.
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo al que se
concursa.
- Se valorará únicamente la formación incluida en planes de formación continua.
- Los cursos de formación y perfeccionamiento, deberán haber sido impartidos
por el Ayuntamiento de Badajoz, demás administraciones públicas, centros o
entidades acogidos a los planes de formación continua de las administraciones
públicas.
4) Por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto.
- No se valorará por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto la
obtenida por el curso de adaptación a grado (CAG) para antiguas diplomaturas.
- Se tendrá en cuenta la posesión por los candidatos de títulos académicos
oficiales superiores a los exigidos para el ingreso en su correspondiente cuerpo
o escala, y subgrupo o grupo, para el supuesto de que no tenga subgrupo,
aunque no esté relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- El Master Oficial Universitario y el título propio (no oficial) no se entienden
como titulación superior.
– Méritos específicos:
Cada miembro de la Comisión de Valoración deberá valorar de forma individualizada cada uno de los
apartados de la memoria o proyecto relacionado con el puesto de trabajo.
La memoria se ajustará al siguiente esquema:
1. Índice.
2. Introducción.
3. Conocimiento del puesto objeto de convocatoria.
Estructura del servicio en que se ubica y descripción de puestos existentes.
Objetivos, funciones y misión del servicio.
Funciones y tareas del puesto convocado. Interrelación del puesto convocado con otros
servicios municipales.
Recursos del puesto: Materiales, informáticos…
4. Propuestas de mejora.
Propuesta de organización del servicio.
Propuestas sobre tareas, funciones y perfil del puesto.
Propuestas sobre interrelación con otros servicios municipales.
Propuestas sobre recursos: Materiales, informáticos, etc.
Valoración económica y financiera de la propuesta.
Tercero.- En relación con la composición de la Comisión de Valoración se indica que:
- Para facilitar la adecuación al criterio de paridad entre mujeres y hombres, se tenderá a la paridad en su
conjunto, presidente y vocales, de forma que, exista una representación equilibrada donde cada sexo ni
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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puesto al que se concursa, dentro de la misma sección y, en defecto de esta, servicio.
3) Formación continua, incluida en planes de formación continua, relacionada con el puesto de
trabajo al que se concursa.
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo al que se
concursa.
- Se valorará únicamente la formación incluida en planes de formación continua.
- Los cursos de formación y perfeccionamiento, deberán haber sido impartidos
por el Ayuntamiento de Badajoz, demás administraciones públicas, centros o
entidades acogidos a los planes de formación continua de las administraciones
públicas.
4) Por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto.
- No se valorará por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto la
obtenida por el curso de adaptación a grado (CAG) para antiguas diplomaturas.
- Se tendrá en cuenta la posesión por los candidatos de títulos académicos
oficiales superiores a los exigidos para el ingreso en su correspondiente cuerpo
o escala, y subgrupo o grupo, para el supuesto de que no tenga subgrupo,
aunque no esté relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- El Master Oficial Universitario y el título propio (no oficial) no se entienden
como titulación superior.
– Méritos específicos:
Cada miembro de la Comisión de Valoración deberá valorar de forma individualizada cada uno de los
apartados de la memoria o proyecto relacionado con el puesto de trabajo.
La memoria se ajustará al siguiente esquema:
1. Índice.
2. Introducción.
3. Conocimiento del puesto objeto de convocatoria.
Estructura del servicio en que se ubica y descripción de puestos existentes.
Objetivos, funciones y misión del servicio.
Funciones y tareas del puesto convocado. Interrelación del puesto convocado con otros
servicios municipales.
Recursos del puesto: Materiales, informáticos…
4. Propuestas de mejora.
Propuesta de organización del servicio.
Propuestas sobre tareas, funciones y perfil del puesto.
Propuestas sobre interrelación con otros servicios municipales.
Propuestas sobre recursos: Materiales, informáticos, etc.
Valoración económica y financiera de la propuesta.
Tercero.- En relación con la composición de la Comisión de Valoración se indica que:
- Para facilitar la adecuación al criterio de paridad entre mujeres y hombres, se tenderá a la paridad en su
conjunto, presidente y vocales, de forma que, exista una representación equilibrada donde cada sexo ni
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