Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02655/2025)
Reglamento regulador de instalaciones deportivas de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 2655/2025

deterioro producido, y en caso de incumplimiento, de proceder a la imposición de multas coercitivas o a su
ejecución subsidiaria. Si los daños fueran irreparables la indemnización se corresponderá con el importe de
reposición a nuevo de los bienes o elementos en cuestión.
Artículo 31. Prescripción.
El plazo de prescripción de las infracciones y las sanciones será el establecido en el artículo 30 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico.
Disposiciones finales.
Primera. Entrada en vigor.
Esta Ordenanza entrará en vigor una vez que, publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, haya
transcurrido el plazo de quince días establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local.
Segunda. Normativa supletoria.
En lo no previsto en esta Ordenanza se estará a la normativa específica en materia deportiva, la normativa de régimen local
y demás normativa que resulte de aplicación.
Tercera. Habilitación para el desarrollo de la presente Ordenanza.
Se autoriza a la sección de deportes para dictar cuantas resoluciones estime oportunas en desarrollo de lo dispuesto en esta
norma, con el objeto de mejorar la prestación del servicio y la utilización de las distintas instalaciones por los usuarios, en
particular el desarrollo de las normas específicas de utilización de las instalaciones deportivas municipales ya existentes o
que puedan incorporarse en un futuro y los modelos de solicitudes y otros previstos en la Ordenanza.
Disposición derogatoria.
Queda derogada la Ordenanza municipal por la que se establecieron las normas de utilización de las instalaciones
deportivas municipales, que fue objeto de aprobación definitiva mediante acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Almendralejo adoptado en la sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 1993.
En Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.

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