Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02655/2025)
Reglamento regulador de instalaciones deportivas de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendralejo
Almendralejo (Badajoz)
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Reglamento regulador de instalaciones deportivas de Almendralejo

REGLAMENTO REGULADOR DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DE ALMENDRALEJO
TÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los poderes públicos, conforme al artículo 43.3 de la Constitución Española, deben promover la educación física y el
deporte, facilitando la adecuada utilización del ocio. En este sentido, el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, atribuye a los ayuntamientos la competencia de promoción del deporte e instalaciones
deportivas y de ocupación del tiempo libre.
Por su parte, según la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, corresponde a los municipios extremeños, en
su respectivo término municipal, el ejercicio de las siguientes competencias, entre otras:
a) Promover de forma general la actividad física y el deporte en el ámbito municipal, especialmente en el área
escolar, y fomentar las actividades físicas de carácter extraescolar y recreativas en el marco de las directrices
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Construir, ampliar, mejorar y mantener las instalaciones deportivas en su territorio.
c) Informar previamente el Plan Regional de Instalaciones Deportivas en aquellos aspectos que le afecten.
d) Velar por la plena utilización de las instalaciones deportivas de su territorio.
e) Llevar un censo de las instalaciones deportivas de su territorio.
f) Velar por el cumplimiento de las previsiones urbanísticas sobre reserva de espacios y calificaciones de
zonas para la práctica del deporte y el emplazamiento de equipamientos deportivos.
Por todo ello y en cumplimiento de las citadas competencias, constituye el objeto de la presente Ordenanza la regulación del
régimen de utilización y gestión de las distintas instalaciones deportivas municipales, garantizando los derechos de los
usuarios por un lado y por otro, estableciendo las necesarias obligaciones o deberes de estos.
La regulación anterior data del año 1993, por lo que su inadecuación a la situación actual y su obsolescencia hacen necesaria
la introducción de un nuevo marco normativo que regule los usos de las instalaciones deportivas de la ciudad.
La necesidad de mantener en perfecto estado el patrimonio deportivo municipal, la introducción de normas básicas de
respeto y convivencia en su interior y el interés por utilizar de manera responsable los recursos públicos, son argumentos
que motivan el impulso de esta Ordenanza. Estos argumentos justifican el interés que su redacción implica para los
ciudadanos, interesados en el buen funcionamiento de la Administración Local.
El presente texto responde al imperativo de atender a la regulación imprescindible en la materia, no existiendo ninguna otra
medida o norma al margen de esta Ordenanza que imponga obligaciones mas restrictivas a los usuarios o destinatarios del
mismo.
Su redacción y desarrollo normativo, así como el régimen sancionador que articula, se muestran en consonancia con el resto
del ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 1. Objeto de la Ordenanza.
La presente norma tiene por objeto establecer el régimen de solicitud, uso y acceso a las instalaciones deportivas
municipales del Ayuntamiento de Almendralejo, de acuerdo con los fines para los que han sido construidas y con los
objetivos municipales en materia deportiva, entre los que se encuentra "generalizar la práctica deportiva entre la población",
compartiendo los usos de las instalaciones deportivas entre los ciudadanos particulares, las asociaciones, entidades
privadas y clubes deportivos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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