Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (03472/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Operario de Instalaciones Deportivas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 3472/2025
La calificación resultante de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno
de los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, de aquellos aspirantes que hayan superado los mismos.
Aquellos aspirantes con diversidad funcional que lo soliciten motivadamente en la instancia por la que interesen tomar
parte en la convocatoria, el Tribunal Calificador les facilitará las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización
de las pruebas.
A tal efecto, indicarán en la instancia el tipo de adaptaciones que precisen que, en ningún caso, menoscabarán los niveles de
conocimientos exigibles para superar las pruebas, ni las condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.
En todo caso siempre deberá acompañarse a la solicitud el informe de valoración de la diversidad funcional alegada, así
como el de adaptación específica necesaria.
Novena.- Calificación de las pruebas selectivas.
Las calificaciones se adoptarán sumando las otorgadas por cada miembro del Tribunal Calificador y dividiendo el total por el
número de asistentes de aquél.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, tras su adopción, en los tablones de anuncios y Web municipal.
El orden de calificación final será el resultante de la suma total de puntos obtenidos en la fase de oposición.
En caso de empate, se acudirá a dirimirlo a la mayor puntuación alcanzada en cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, que se aplicarán sucesivamente en el orden en el que hayan sido realizados.
De persistir el empate se dirimirá por orden alfabético comenzando por la U.
Décima.- Relación de personas aprobadas, presentación de documentación y nombramiento. Relación definitiva de
personas aprobadas.
Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, si las hubiera, el Tribunal Calificador elaborará la relación definitiva de
personas aspirantes aprobadas, por orden de puntuación, no pudiendo estos rebasar el número de plazas convocadas, y
elevará la citada relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento.
Al mismo tiempo, remitirá a dicha Autoridad, a los efectos oportunos, (incluso el de constitución de la correspondiente bolsa
de trabajo), el acta de la última sesión, en la que habrán de figurar, por orden de calificación, todas las personas opositoras
que, habiendo superado todas las pruebas, excediesen del número de plazas convocadas.
Presentación de documentos.
Las personas propuestas por el Tribunal Calificador presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de este Excelentísimo
Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, las
documentaciones acreditativas de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda que
son:
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, acompañada del original para su compulsa.
Copia autentificada, (o fotocopia que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa), de la titulación
requerida para participar en el proceso selectivo.
Si esta documentación estuviese expedida después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberán
justificar el momento en que concluyeron sus estudios.
Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal ejercicio de la
función, expedido por el personal facultativo médico, que podrá someter a la personas seleccionada a cuantas pruebas de
determinación considere conveniente.
Las personas aspirantes con diversidad funcional acreditarán los requisitos de estar afectados por un grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 y ser compatibles con las funciones propias del puesto, mediante certificado expedido por
órgano competente.
Certificado de penales.
Las personas extranjeras, documentación acreditativa de no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Administración o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La calificación resultante de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno
de los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios, de aquellos aspirantes que hayan superado los mismos.
Aquellos aspirantes con diversidad funcional que lo soliciten motivadamente en la instancia por la que interesen tomar
parte en la convocatoria, el Tribunal Calificador les facilitará las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización
de las pruebas.
A tal efecto, indicarán en la instancia el tipo de adaptaciones que precisen que, en ningún caso, menoscabarán los niveles de
conocimientos exigibles para superar las pruebas, ni las condiciones de igualdad con el resto de aspirantes.
En todo caso siempre deberá acompañarse a la solicitud el informe de valoración de la diversidad funcional alegada, así
como el de adaptación específica necesaria.
Novena.- Calificación de las pruebas selectivas.
Las calificaciones se adoptarán sumando las otorgadas por cada miembro del Tribunal Calificador y dividiendo el total por el
número de asistentes de aquél.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, tras su adopción, en los tablones de anuncios y Web municipal.
El orden de calificación final será el resultante de la suma total de puntos obtenidos en la fase de oposición.
En caso de empate, se acudirá a dirimirlo a la mayor puntuación alcanzada en cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición, que se aplicarán sucesivamente en el orden en el que hayan sido realizados.
De persistir el empate se dirimirá por orden alfabético comenzando por la U.
Décima.- Relación de personas aprobadas, presentación de documentación y nombramiento. Relación definitiva de
personas aprobadas.
Resueltas las posibles alegaciones y subsanaciones, si las hubiera, el Tribunal Calificador elaborará la relación definitiva de
personas aspirantes aprobadas, por orden de puntuación, no pudiendo estos rebasar el número de plazas convocadas, y
elevará la citada relación a la Presidencia de la Corporación, para que formule el correspondiente nombramiento.
Al mismo tiempo, remitirá a dicha Autoridad, a los efectos oportunos, (incluso el de constitución de la correspondiente bolsa
de trabajo), el acta de la última sesión, en la que habrán de figurar, por orden de calificación, todas las personas opositoras
que, habiendo superado todas las pruebas, excediesen del número de plazas convocadas.
Presentación de documentos.
Las personas propuestas por el Tribunal Calificador presentarán en el Servicio de Recursos Humanos de este Excelentísimo
Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, las
documentaciones acreditativas de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda que
son:
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, acompañada del original para su compulsa.
Copia autentificada, (o fotocopia que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa), de la titulación
requerida para participar en el proceso selectivo.
Si esta documentación estuviese expedida después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberán
justificar el momento en que concluyeron sus estudios.
Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico que impida el normal ejercicio de la
función, expedido por el personal facultativo médico, que podrá someter a la personas seleccionada a cuantas pruebas de
determinación considere conveniente.
Las personas aspirantes con diversidad funcional acreditarán los requisitos de estar afectados por un grado de discapacidad
igual o superior al 33 por 100 y ser compatibles con las funciones propias del puesto, mediante certificado expedido por
órgano competente.
Certificado de penales.
Las personas extranjeras, documentación acreditativa de no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que
impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier Administración o
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