Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03522/2025)
Bases de la convocatoria de una plaza de Profesor de Violín, Lenguaje músical y Coro de la escuela municipal de música a través de contratación temporal para la constitución de bolsa de trabajo
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 3522/2025
Bases de la convocatoria de una plaza de Profesor de Violín, Lenguaje músical y Coro de la escuela municipal de música
a través de contratación temporal para la constitución de bolsa de trabajo

La Junta de Gobierno Local por unanimidad de los miembros asistentes adopta el siguiente,
ACUERDO:
Primero.- Aprobar las bases que rigen el proceso de selección y anexo que se transcriben a continuación:
Segundo.- Convocar el proceso de selección, comunicándolo a los organismos correspondientes que deben
formar parte del Tribunal a los efectos de que designen los miembros para formar parte del órgano de
selección de la referida convocatoria.
Tercero.- Publicar el texto íntegro de las bases que han de regir el proceso selectivo en el Boletín Oficial de la
Provincia, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE PROFESOR DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA A
TRAVÉS DE CONTRATACIÓN TEMPORAL PARA LA CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO
Primero. Objeto de la convocatoria.
1.1.- Es objeto de las presentes bases la provisión de un Profesor/a de Violín, Lenguaje Musical y Coro para la Escuela
Municipal de Música de Jerez de los Caballeros y la constitución de una bolsa de trabajo para los cursos 2025-2026 y
2026-2027 para la contratación de dicho Profesor de la Escuela Municipal de Música mediante contrato de duración
determinada de mejora de la ocupabilidad, a través del procedimiento de concurso-oposición con arreglo a las presentes
bases y a la normativa de aplicación.
1.2.- La contratación temporal queda supeditada a las necesidades del servicio y en función de los alumnos/as inscritos en la
Escuela Municipal de Música, pudiendo ser contratado personal adicional según la especialidad de la que se trate que esté
incluido en la bolsa. En ningún caso, el mero hecho de pertenecer a esta bolsa implicará derecho alguno a obtener
nombramiento o contrato laboral. El personal contratado lo será a cargo del presupuesto municipal y siempre que lo
permitan las disponibilidades presupuestarias. Todo el proceso selectivo se desarrollará en condiciones de igualdad efectiva
entre mujeres y hombres.
Segundo. Modalidad del contrato.
2.1.- Las contrataciones que se puedan generar, por duración determinada, estarán acogidas a la modalidad de mejora de la
ocupabilidad determinada en la disposición adicional novena de la Ley de Empleo, aprobada por Real Decreto Legislativo
3/2015, de 23 de octubre, dentro del plan de empleo local de Jerez de los Caballeros 2022, que tendrán una duración
máxima de 12 meses.
2.2.- La duración de las contrataciones y la jornada se ajustará a la temporalización de las actividades a desarrollar,
conforme a lo dispuesto por el convenio colectivo para el personal laboral en vigor del Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros. En todo caso, el contrato no tendrá una duración superior a la del curso escolar de 9 meses, de 1 de octubre a 30
junio, teniendo la jornada parcial fijada en las necesidades propias del servicio de la Escuela de Música entre 8-22 horas
semanales, que se determinarán en el correspondiente contrato de trabajo, dentro del grupo C1.
2.3.- Las retribuciones se establecerán conforme a las condiciones generales de los empleados públicos municipales del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, de acuerdo a las retribuciones que perciban los profesores de la escuela de música
dentro de la catalogación de puestos de trabajo de Jerez de los Caballeros.
Tercero. Condiciones de admisión de aspirantes.
3.1.- Para poder participar en el proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos generales:
– Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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